SAP Madrid 271/2010, 3 de Diciembre de 2010

PonenteANGEL GALGO PECO
ECLIES:APM:2010:18710
Número de Recurso57/2010
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución271/2010
Fecha de Resolución 3 de Diciembre de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 28ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 28

MADRID

SENTENCIA: 00271/2010

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

t6

Sección 28ª

Rollo de apelación nº 57/2010

Materia: Responsabilidad administradores

Órgano judicial de origen: Juzgado de lo Mercantil nº 9 de Madrid.

Autos de origen: Juicio verbal nº 268/2009

Parte apelante: STUCOLOR, S.L.

SENTENCIA nº 271/2010

En Madrid, a 3 de diciembre de 2010.

En nombre de S.M. el Rey, la Sección Vigésima Octava de la Audiencia Provincial de Madrid, especializada en materia mercantil, integrada por los ilustrísimos señores magistrados D. Ángel Galgo Peco, D. Enrique García García y D. Alberto Arribas Hernández, ha visto en grado de apelación, bajo el nº de rollo 57/2010, los autos del procedimiento nº 268/2009, provenientes del Juzgado de lo Mercantil nº 9 de Madrid , el cual fue promovido por STUCOLOR, S.L. contra Dª Vicenta y D. Íñigo .

Han actuado en representación y defensa de la apelante, STUCOLOR, S.L., la procuradora Dª Paloma Ortiz-Cañavate Levenfeld y el letrado D. Gonzalo Díaz Rodríguez. Dª Vicenta y D. Íñigo , declarados en rebeldía, no se han personado en esta instancia.

A N T E C E D E N T E S

D E H E C H O

PRIMERO.- Las actuaciones procesales se iniciaron mediante demanda presentada con fecha 9 de julio de 2009 por la representación de STUCOLOR, S.L. contra Dª Vicenta y D. Íñigo , en la que, tras exponer los hechos que estimaba de interés y alegar los fundamentos jurídicos que consideraba que apoyaban su pretensión, solicitaba que se dictase sentencia "por la que se condene solidariamente a Dª Vicenta y D. Íñigo a pagar a mi mandante las cantidades siguientes: * La cantidad de DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS EUROS CON SESENTA Y TRES CÉNTIMOS (2.392,63 €), en concepto de principal; * La cantidad que resulte en concepto de interés legal que devengue la expresada cantidad, desde el día de hoy hasta su efectivo pago; * Las costas causadas y que se causen en este procedimiento.".

SEGUNDO.- Tras seguirse el juicio por sus trámites correspondientes, el Juzgado de lo Mercantil nº 9 de Madrid dictó sentencia, con fecha 22 de septiembre de 2009 , cuyo fallo es el siguiente: "Que desestimando la demanda inexpuesta por Stucolor S.L., representada por el procurador Sra. Ortiz Cañavate Levenfeld y asistida por el Letrado Sr. Díaz Rodríguez, contra Dña Vicenta y D. Íñigo , en situación procesal de rebeldía debo absolver y absuelvo al demandado de las pretensiones ejercitadas en la presente litis.".

TERCERO.- Publicada y notificada dicha resolución a las partes litigantes, por la representación de STUCOLOR, S.L. se interpuso recurso de apelación que, admitido por el mencionado juzgado y tramitado en legal forma, ha dado lugar a la formación del presente rollo ante esta sección de la Audiencia Provincial de Madrid, que se ha seguido con arreglo a los trámites de los de su clase.

La deliberación, votación y fallo del asunto se realizó con fecha 2 de diciembre de 2010.

CUARTO.- En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Ha actuado como ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Ángel Galgo Peco, que expresa el parecer del tribunal.

F U N D A M E N T O S D E D E R E C H O

PRIMERO.- En el escrito iniciador del procedimiento la parte actora y ahora apelante, STUCOLOR, S.L., solicitaba la condena con carácter solidario de los demandados, Dª Vicenta y D. Íñigo , en su condición de administradores de CARROCERÍAS VIMARSA, S.L., al pago de las cantidades adeudadas por esta última a la entidad actora como consecuencia de...

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