SAP Sevilla 511/2006, 20 de Diciembre de 2006
Ponente | JOSE MARIA FRAGOSO BRAVO |
ECLI | ES:APSE:2006:3782 |
Número de Recurso | 6489/2006/ |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 511/2006 |
Fecha de Resolución | 20 de Diciembre de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Sevilla, Sección 8ª |
511/2006
6
Or06-6489
AUDIENCIA PROVINCIAL. Sección 8ª SEVILLA
Prado de San Sebastián, s.n.
Proc. Origen: Juicio Ordinario número 632/05
Juzgado: de Primera Instancia número 9 de Sevilla
Rollo de Apelación: 6489/06-A
SENTENCIA Nº
Ilustrísimo Señor Presidente:
D. VÍCTOR NIETO MATAS
Ilustrísimos Señores Magistrados:
D. JOSÉ MARÍA FRAGOSO BRAVO
D. JOAQUÍN PABLO MAROTO MÁRQUEZ
En SEVILLA, a veinte de diciembre de dos mil seis.
La Sección 8ª de la Ilma. Audiencia Provincial de esta Capital constituida por los Ilustrísimos Señores que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los presentes autos de carácter civil tramitados como Juicio Ordinario con el número 632/05 por el Juzgado de Primera Instancia número 9 de Sevilla en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación de D. Octavio contra la sentencia dictada por el Juzgado referido el 12/05/06.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Sevilla se dictó sentencia de fecha 12/05/06, que contiene el siguiente
FALLO
"Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador D. Pedro Campos Vázquez, en nombre y representación de la entidad Coria Park, S.L., contra D. Octavio y con desestimación de la reconvención formulada por éste, contra aquél, declaro la obligación de D. Octavio de proceder a la venta a la actora de la vivienda sita en Gelves (Sevilla) CALLE000, Puerto Deportivo de Gelves, nº NUM000, Letra NUM001, planta NUM002, portal NUM003, por precio de 153.258,03 euros, y en las condiciones pactadas en el contrato de 2-1- 2004, unido como documento nº 2 del escrito de demanda, otorgando la correspondiente escritura de compra-venta, todo ello con expresa condena en las costas procesales generadas tanto por la demanda, como por la reconvención, a la parte demandada."
Notificada a las partes la resolución de referencia, se interpuso recurso de apelación contra ella, el cual se preparó e interpuso por escrito en tiempo y forma ante el Juzgado "a quo", dándose traslado del mismo a la otra parte que presentó escrito de oposición, ordenándose la remisión a este Tribunal de los autos, que una vez recibidos se registraron y designó ponente, señalándose deliberación, votación y fallo.
En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.
Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don JOSÉ MARÍA FRAGOSO BRAVO.
En el presente procedimiento se ejercita una demanda solicitando que se dicte una sentencia por la que se declare la obligación del demandado de vender a la parte actora una finca urbana en las condiciones pactadas en el contrato suscrito de fecha 2/1/2004, condenando a la demandada como consecuencia a otorgar la correspondiente escritura pública de compra venta al precio y en las condiciones referidas en dicho contrato. Frente a dicha demanda se opuso el demandado y reconvino alegando la simulación de dicho contrato, simulación relativa en tanto en cuanto dicho contrato encubría el contrato real consistente en un contrato de mediación o corretaje por plazo de seis meses, por lo que solicita se declare nulo el contrato suscrito, y subsidiariamente se opone por no haberse ejercitado el derecho a opción de compra establecido en el contrato de autos en tiempo y forma, y la resolución del contrato de arrendamiento por sesión o subarriendo inconsentido y subsidiariamente además declarar dicha resolución por falta de pago del I.V.A. y gastos y cuotas de comunidad en la que el inmueble se encuentra, condenando a la misma a dejar la finca libre y desocupada de enseres y moradores y a la entera disposición de la reconviniente. Por el Juzgado de primera instancia se dicta Sentencia estimando íntegramente la demanda y desestimando la reconvención...
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