SAP Sevilla 184/2007, 30 de Marzo de 2007

PonenteMARCOS ANTONIO BLANCO LEIRA
ECLIES:APSE:2007:1472
Número de Recurso1714/2007/
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución184/2007
Fecha de Resolución30 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 6ª

184/2007

ROLLO: 1714/07

PONENTE: MARCOS ANTONIO BLANCO LEIRA

JUZGADO: SEVILLA 22

ASUNTO: VERBAL

FALLO

CONFIRMATORIA

SENTENCIA NÚM.184

ILTMOS. SRES.

MARCOS ANTONIO BLANCO LEIRA

DON JOSE CARLOS RUIZ DE VELASCO LINARES

DON RUPERTO MOLINA VAZQUEZ

DOÑA CARMEN ABOLAFIA DE LLANOS

________________________________________

En Sevilla, a treinta de Marzo de dos mil siete.

VISTOS, por la Sección Sexta de esta Iltma. Audiencia Provincial, los autos de Juicio Verbal nº770/06, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº22 de Sevilla, promovidos por Jose Pablo, representado por la Procuradora Dª Angela MENDOZA Gomez contra Nieves, MAPFRE, representados por el Procurador D.Jesús Escudero Garcia; sobre reclamación de c antidad; autos venidos a conocimiento de este Tribunal en virtud de recurso de apelación interpuesto por el actor contra la sentencia en los mismos dictada en 22 de Noviembre de 2006.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan sustancialmente los de la resolución apelada, cuyo fallo literalmente dice: "Que desestimando la demanda deducida por la procuradora Dª Angela Mendoza Pérez, en nombre y representación de D. Jose Pablo contra Dª Nieves y la Compañía mapfre, codemandados de todos los pedimentos objeto de la demanda principal y desestimando la demanda reconvencional debo absolver y absuelvo a D. Jose Pablo, a Dª Cristina y a Axa Aurora Ibérica, S.a de todos los pedimentos objeto de la reconvención. Se condena a D. Jose Pablo al abono de las costas de la demanda principal y a Doña Nieves al abono de las costas de la reconvención.

PRIMERO

Notificada a las partes dicha resolución y apelada por el citado litigante, y admitido que le fue dicho recurso en ambos efectos, se elevaron las actuaciones originales a esta Audiencia con los debidos escritos de alegaciones, dándose a la alzada la sustanciación que la Ley previene para los de su clase.

SEGUNDO

Por resolución de fecha 12 de Marzo de 2007, se señaló la deliberación y votación de este recurso para el día 29 de Marzo de los corrientes, quedando las actuaciones pendientes de dictar resolución.

TERCERO

En la sustanciación de la alzada se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. MARCOS ANTONIO BLANCO LEIRA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida analiza y valora, como...

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