SAP Barcelona 282/2011, 4 de Mayo de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 282/2011 |
Fecha | 04 Mayo 2011 |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN DECIMOSEXTA
ROLLO Nº. 156/2010-A
JUICIO ORDINARIO NÚM. 663/2008
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 11 BARCELONA
S E N T E N C I A Nº 282/2011
Ilmos. Sres.
DON AGUSTIN FERRER BARRIENDOS
DOÑA INMACULADA ZAPATA CAMACHO
DON JOSE LUIS VALDIVIESO POLAINO
En la ciudad de Barcelona, a cuatro de mayo de dos mil once.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimosexta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Ordinario, número 663/2008 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 11 Barcelona, a instancia de Dª Tomasa representada por la procuradora Dª Judith Carreras Monfort, contra D. Severiano representado por la procuradora Dª Nuria Suñe Peremiquel. Estas actuaciones penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la Sentencia dictada el día doce de noviembre de dos mil nueve por el Sr. Juez del expresado Juzgado .
La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "Que estimando totalmente la demanda interpuesta por Doña Tomasa , representada por la Procuradora de los Tribunales Doña Judith Carreras Montfort, contra Don Severiano , debo declarar y declaro al demandado civilmente responsable por el incumplimiento del contrato de préstamo sucrito por las partes, y por tanto debo declarar y declaro:/ 1.- Resuelto el contrato de préstamo suscrito por la demandante y el demandado en fecha 28-10-2003, de conformidad con lo estipulado por las partes en el expositivo II, apartado d) del mismo./ 2.- Debida a la actora la cantidad prestada, condenando al demandado a pagar la suma de 94.500 euros más otros 14.507,69 euros en concepto de intereses pactados en contrato, totalizando lo adedudado la cantidad de 109.007,69 euros condenando sobre dicha total cantidad al demandado al pago asimismo de los intereses legales, desde demanda y hasta su pago, sin perjuicio del art. 576 LEC , asi como al pago de las costas procesales.".
Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por Severiano mediante su escrito motivado, dándose traslado a la parte contraria que se opuso en tiempo y forma legal. Elevados los autos a esta Audiencia Provincial se procedió a dar el támite pertinente señalándose para votación y fallo el día 29 de marzo de 2011.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
Vistos siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. AGUSTIN FERRER BARRIENDOS .
Reclama la demandante la cantidad de 94.500 euros más los intereses convenidos en cumplimiento de un contrato de préstamo suscrito entre las partes en 28 de noviembre de 2003. El demandado, entonces esposo de la demandante, se opone alegando ineficacia por simulación absoluta.
La sentencia del Juzgado de Primera Instancia estima la demanda y contra dicha resolución recurre la parte demandada reiterando la pretensión de absolución ya deducida ante el Juzgado.
Revisadas las actuaciones practicadas resulta indiscutido que en la fecha expresada en el documento, ambos esposos suscribieron voluntariamente el documento de préstamo y, por más que el demandado manifestara que habría firmado cualquier cosa que se le pusiera por delante para evitar la ruptura matrimonial, no hay prueba suficiente de vicio de voluntad que permita afirmar ineficacia por tal motivo. También es indiscutido que la demandante no entregó al demandado, en tal ocasión, la cantidad que se indica en el documento. Es indiscutido pues que el documento encierra una simulación. La cuestión...
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