SAP Tarragona 284/2011, 19 de Mayo de 2011

PonenteJOSE MANUEL SANCHEZ SISCART
ECLIES:APT:2011:653
Número de Recurso190/2011
ProcedimientoApelación penal
Número de Resolución284/2011
Fecha de Resolución19 de Mayo de 2011
EmisorAudiencia Provincial - Tarragona, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE TARRAGONA

SECCIÓN SEGUNDA

Rollo de apelación nº 190/11

Procedimiento Juicio Oral nº 247/09

Juzgado de lo Penal nº 4 de Tarragona

S E N T E N C I A Nº

Tribunal.

Magistrados,

D. José Manuel Sánchez Siscart (Presidente).

D. Ángel Martínez Sáez.

Dª. Samantha Romero Adán.

En Tarragona, a 19 de mayo de 2011.

Visto ante la Sección 2ª de esta Audiencia Provincial el recurso de apelación interpuesto por Desiderio , representado por el Procurador Sra. ESPEJO IGLESIAS y defendido por el Letrado Sr. JORDI CARRASCO URTIAGA, contra la Sentencia de fecha 22 de diciembre de 2010 dictada por el Juzgado de lo Penal núm. 4 de Tarragona en el Juicio Oral nº 247/09 seguido por delito de resistencia a un agente de la autoridad en el que figura como acusado Desiderio y siendo parte el Ministerio Fiscal.

Ha sido ponente el Magistrado D. José Manuel Sánchez Siscart.

ANTECEDENTES

PROCEDIMENTALES

ACEPTANDO los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida, y

Primero

La sentencia recurrida declaró probados los hechos siguientes:

" De la prueba incorporada al acto de juicio, resulta acreditado y así se declara que, sobre las 15.00 horas, del día 12 de Abril, de 2.008, el acusado, Desiderio , mayor de edad, al que no le cosntan antecedentes penales, natural de Senegal y en situación administrativa irregular, en España, fue interceptado por dos agentes de la Guardia Urbana de Tarragona, cuando se hallaba en la confluencia de la Plaça Corsini con la calle Governador González, de Tarragona, teniendo bajo su efectiva disponibilidad 81 soportes de CD's y 64, de DVD's, respecto de los que no ha concurrido cumplida demostración de que fueran copias de obras originales protegidas, por ignorase si sus títulos se hallaban registrados , dando lugar a derecho alguno de propiedad intelectual.

Hallándose ante el agente de la Guardia Urbana titular del carné profesional nº 983, tras ser interceptado, Desiderio , llevado por el propositó de eludir las resultas personales de aquella intervención policial, propinó a dicho actuante un empujón, emprendiendo la huida a la carrera, en cuyo curso aquel agente, que había emprendido, con el otro , su seguimiento, le alcanzó, sujetándole, sujeción de la que el acusado se zafó al propinar al agente un segundo empujón - que, como el primero, lo desequilibró, y se saldó sin consecuencias lesivas para el actuante-, reanudando la huída que fue finalmente infructuosa y acabó con su detención".

Segundo.- Dicha sentencia contiene el siguiente fallo:

"Que debo condenar y condeno a Desiderio , como autor de un delito de resistencia a un agente de la autoridad en el ejercicio de sus funciones, previsto y pehnado en el artículo 556, el Código Penal , sin que le concurran circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de SEIS MESES DE PRISIÓN, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de dicha condena, pena privativa de libertad, la antedicha, QUE SE SUSTITUYE POR LA EXPULSIÓN, del condenado, DEL TERRITORIO NACIONAL ESPAÑOL, CON PROHIBICIÓN DE REGRESO AL MISMO POR TIEMPO DE CINCO AÑOS.

Que debo absolver y absuelvo libremente a Desiderio , del delito de defraudación de los derechos de propiedad intelectual, por el que ha venido acusado.

Se impone al condeando la obligación el pago de las costas procesales que se hubieran devengado hasta esta instancia".

Tercero.- Contra la mencionada sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de Desiderio , fundamentándolo en los motivos que constan en el escrito articulando el recurso.

C...

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