SAP Santa Cruz de Tenerife 307/2007, 5 de Julio de 2007
Ponente | JOSE LUIS GONZALEZ GONZALEZ |
ECLI | ES:APTF:2007:1674 |
Número de Recurso | 119/2007 |
Número de Resolución | 307/2007 |
Fecha de Resolución | 5 de Julio de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 5ª |
SENTENCIA Nº 307
En Santa Cruz de Tenerife, a 25 de Junio del año dos mil siete.
Visto en grado de Apelación, en nombre de S.M. El Rey, por el Iltmo. Sr. D. JOSÉ LUIS GONZÁLEZ GONZÁLEZ, Magistrado de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, el rollo nº 119/07, dimanante del Juicio Verbal de FALTAS nº 412/06, procedente del Juzgado de Instrucción 2 de La Laguna, y habiendo sido partes, de la una y como apelante DÑA Dolores.
Que por el Juzgado de Instancia, resolviendo en el referido Juicio Verbal de Faltas, con fecha 8 de Noviembre De 2.006, se dictó sentencia cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:"QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a D/Dña. Dolores, como autor responsable de una falta del artículo 620 del Código Penal, a la multa de 10 DIAS, a 3 euros diarios, lo que hace un total de 30 euros.
Absolviendo a Lucía de los hechos enjuiciados.
En caso de impago los condenados quedarán sujetos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 del Código Penal, a la responsabilidad personal subsidiaria de localización permanente de un día por cada cuota diaria no satisfecha. Del mismo modo deberá abonar las costas procesales causadas del presente procedimiento.
Que la referida resolución declara como probados los siguientes hechos "5 de agosto de 2006, Dolores profirió insultos tales como "puta" contra la actual pareja del que fue su marido en los alrededores de un video club, no constando la ilicitud de los presuntos frenazos del coche de Lucía en relación al vehículo de Dolores.".
Que impugnada la Sentencia, con emplazamiento de las partes se remitieron a éste Tribunal las actuaciones formándose el correspondiente Rollo.
Se aceptan los hechos declarados probados de la Sentencia Apelada.
La Sra. Dolores impugna la sentencia dictada en su contra por el Juzgado de Instrucción nº 2 de los de La Laguna, donde se le condenaba como autora de una falta de vejaciones tipificada en el artículo 620.2 del Código Penal, por error en valoración de las pruebas por parte de la Juzgadora de Instancia y, por ende, en la vulneración de su derecho a la presunción de inocencia al no existir las suficientes que adverasen que hubiese perpetrado la acción delictiva descrita en su...
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