SAP Zaragoza 31/2011, 18 de Enero de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución31/2011
Fecha18 Enero 2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00031/2011

SENTENCIA NÚMERO: 31/11

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Iltmos. Señores:

Presidente :

D. JULIÁN CARLOS ARQUÉ BESCÓS

Magistrados:

D. FRANCISCO ACÍN GARÓS

Dª. MARÍA ELIA MATA ALBERT

En ZARAGOZA, a dieciocho de enero de dos mil once.

VISTOS por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de apelación, los Autos de Juicio VERBAL DE DESAHUCIO EN PRECARIO nº. 934/10, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA nº. 18 de ZARAGOZA, a los que ha correspondido el ROLLO DE APELACIÓN n.º 508/10, en los que es parte apelante Dª Aurelia, representada por la Procuradora Dª. INMACULADA ISIEGAS GERNER y asistida por el Letrado D. JAVIER MARTÍNEZ REVILLO, y apelado D. Apolonio, representado por la Procurador Dª. MARÍA-JOSÉ CABEZA IRIGOYEN y asistido por el Letrado D. JUAN-ANTONIO ÁLVAREZ ALCOLEA, y

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los antecedentes fácticos de la sentencia impugnada, y

PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº. 18, de los de Zaragoza, se dictó el 15 junio 2010 sentencia que contiene el siguiente fallo: "Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Dª Maria José Cabeza Irigoyen, en nombre y representación de D. Apolonio, debo condenar y condeno a Dª Aurelia a dejar libre, vacuo y expedido, a disposición del actor la vivienda piso NUM000 letra NUM001 de escalera en planta NUM000 de la AVENIDA000 de Zaragoza, y sus anejos de planta NUM002, con apercibimiento de lanzamiento si no lo hiciere en el plazo de un mes.-".

SEGUNDO

La representación de la demandada presentó escrito de preparación del recurso de apelación y, dentro del término del emplazamiento, escrito de interposición, del que se dieron los correspondientes traslados, presentando la parte contraria dentro del plazo el oportuno escrito de oposición. Seguidamente se remitieron las actuaciones a esta Sección Segunda, previo emplazamiento de las partes.

TERCERO

Remitidos los autos a esta Sala, no aportados nuevos documentos ni propuesto prueba, ni considerado necesaria la celebración de vista, se señaló el día 21 diciembre 2010 para votación y fallo.

CUARTO

En la tramitación de la apelación se han observado todas las prescripciones legales, a excepción de que no se ha podido cumplimentar el plazo al que se refiere el art. 465 LEC . Habiendo sido ponente en esta apelación el Ilmo. Sr. Magistrado D. FRANCISCO ACÍN GARÓS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

D. Apolonio interpuso el 19-4-10, al amparo del art. 250.1.2ª LEC, demanda de juicio verbal de desahucio por precario contra Dª Aurelia, solicitando la condena de la demandada a dejar libre, vacuo y expedito, a su entera disposición, el piso sito en AVENIDA000 NUM003 - NUM000 NUM001, con su cuarto trastero y plaza de garaje, a cuyos efectos alegaba ser dueño de tal vivienda y anejos; que en el mes de junio de 2009 el actor le cedió su uso a la Sra. Aurelia por únicas razones de amistad, sin pago de renta ni merced; y que, habiendo decidido poner fin a esa situación y recuperar la plena posesión del piso y anejos, le envió burofáx requiriéndola de desalojo, no habiendo pasado a recogerlo. La demandada no compareció al acto del juicio verbal, al que fue debidamente citada, dictándose sentencia estimatoria de la demanda.

Recurre la demandada, que niega...

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