SAP Zamora 6/2011, 14 de Enero de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución6/2011
Fecha14 Enero 2011

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

ZAMORA

Rollo nº: RECURSO DE APELACIÓN 213/2010

Nº Procd. Civil: 328/2.009

Procedencia : Primera Instancia de PUEBLA DE SANABRIA

Tipo de asunto: PROCEDIMIENTO ORDINARIO

--------------------------------------------------------------Este Tribunal compuesto por los Señores Magistrados que se expresan al margen, han pronunciado

E N N O M B R E D E L R E Y

la siguiente

S E N T E N C I A Nº 6

Iltmos/as. Sres/as.:

Presidente D. LUIS BRUALLA SANTOS FUNCIA

Magistrado D. PEDRO JESÚS GARCÍA GARZÓN

Magistrado Dña. ESTHER GONZÁLEZ GONZÁLEZ

---------------------------------------------------------En ZAMORA, a catorce de Enero de dos mil once.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 001 de la Audiencia Provincial de ZAMORA, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 328//2009, procedentes del JDO.1A.INST. de PUEBLA DE SANABRIA, a los que ha correspondido el Rollo 213/2010, en los que aparece como parte apelante y apelada la ASESORÍA ALFA, representada por la Procuradora Dª. ALISA ARIAS RODRÍGUEZ y asistida por el Letrado D. CARLOS FERNÁNDEZ QUIROGA, y como apelada Dª. Flor, representada por el Procurador D. JUÁN MANUEL GAGO RODRÍGUEZ y asistida por la Letrada Dª. MANUELA DACOSTA FERNÁNDEZ.

Siendo Magistrada Ponente la Ilma. Srª. Dª. ESTHER GONZÁLEZ GONZÁLEZ..

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
PRIMERO

- Por el Juzgado de 1ª. Instancia de Puebla de Sanabria, se dictó sentencia con fecha 6 de mayo de 2.010, cuya parte dispositiva, dice: FALLO:"Debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por el procurador Sr. San Román Colino, en nombre y representación de Flor, contra Asesoría Alfa (en la persona de su titular Ezequias ), representada por la procuradora Sra. Pozas Requejo, condenando a la demandada al pago de siete mil diez euros con once céntimos (7.010,11 euros) y absolviéndola del resto de las pretensiones.

Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad".

SEGUNDO

Contra mencionada resolución interpuso la parte demandada ASESORÍA ALFA, el presente recurso de apelación que fue sustanciado en la instancia de conformidad con lo establecido en el art. 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil ; se elevaron los autos, correspondiendo a este Tribunal su resolución, dando lugar a la formación del presente rollo y, no habiéndose celebrado vista pública ni solicitado práctica de prueba, quedó el procedimiento para votación y fallo, señalándose el día 2-12-2.010.

TERCERO

-En la tramitación del recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones de carácter legal..

F U N D A M E N T O S D E D E R E C H O
PRIMERO

Dado que se ha declarado desierto el recurso de apelación que anunció la representación procesal de Dª Flor, es objeto de esta resolución el recurso de apelación formulado por la representación procesal de Asesoría Alfa que impugna el pronunciamiento condenatorio de la Sentencia de instancia con base a la concurrencia de error en la valoración de la prueba.

SEGUNDO

Partiendo de que las partes estaban ligadas por un contrato de arrendamiento de servicios por el cual la entidad demandada se encargó de realizar la Declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio de 2006 y que a consecuencia de que la misma no fue realizada correctamente se produjo la revisión de la liquidación provisional y la liquidación por un importe que superaba al obtenido en aquella en 16.807,93 y 942,86 # en concepto de intereses de demora y 8.403,96 # en concepto de sanción, lo que se trata de determinar es la concurrencia de responsabilidad por parte de la entidad asesora que confeccionó la citada declaración o liquidación provisional y para ello el hecho fundamental que debe acreditarse es, conforme establecen los artículos 1100 y siguientes del Código Civil, en el artículo 1583 y Jurisprudencia en relación con lo dispuesto en el contrato de arrendamiento de servicios y la doctrina general relativa al incumplimiento contractual, es que en el cumplimiento de la prestación del servicio contratado se ha incurrido en culpa o negligencia y tratándose de prestación de servicios profesionales que la prestación no fue realizada conforme a la...

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