SAP Badajoz 351/2011, 17 de Noviembre de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 351/2011 |
Fecha | 17 Noviembre 2011 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
BADAJOZ
SENTENCIA: 00351/2011
S E N T E N C I A Nº 351/11 Ilmos. Sres. Magistrados:
D.ISIDORO SÁNCHEZ UGENA
D.CARLOS CARAPETO MÁRQUEZ DE PRADO
D.FERNANDO PAUMARD COLLADO
En Badajoz, a diecisiete de noviembre del dos mil once.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 002, de la Audiencia Provincial de BADAJOZ, los Autos de JUICIO VERBAL 0000564 /2010, procedentes del JDO.DE 1A INSTANCIA N. 4 de BADAJOZ, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000403 /2011, en los que aparece como parte apelante, Aurelia, representado por el Procurador de los tribunales, Sr./a. JUAN CARLOS ALMEIDA LORENCES, asistido por el Letrado D. FRANCISCO JAVIER NUÑEZ FERREIRA, y como parte apelada, Teresa Y Carlos José, representado por el Procurador de los tribunales, Sr./a. PEDRO CABEZA ALBARCA, asistido por el Letrado D. MARIA DE LOS ANGELES UGALDE ORTIZ, y el MINISTERIO FISCAL, siendo Magistrado/a Ponente el/la Ilmo./Ilma. D./Dª FERNANDO PAUMARD COLLADO.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.
Seguido el juicio por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Badajoz, por el mismo se dictó sentencia con fecha 26-5-11, cuya parte dispositiva dice:
"Que estimando parcialmente la demanda formulada por el Procurador Sr. CABEZA ALBARCA en nombre y representación de Dª Teresa y D. Carlos José frente a Dª Aurelia debo establecer como régimen de visitas a favor de los actores en relación a sus nietos, Paula y Alejandro, el siguiente:
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- Hasta la normalización de la relación abuelos-nietos, una hora a la semana bajo la supervisión del Punto de Encuentro.
La citada extensión se irá acomodando progresivamente a la evolución de la relación abuelosnietos, previos informes que ha de remitir el Punto de Encuentro.
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- Una vez normalizada la relación abuelos-nietos y en tal sentido se informe por el Punto de Encuentro, se estará al siguiente régimen:
- 1 fin de semana al mes desde las 11 h. del sábado hasta las 20 h. del domingo, que se determinará por acuerdo, y en caso de discrepancia, lo será el segundo fin de semana de cada mes.
- 1 tarde a la semana, que a falta de acuerdo, lo será los miércoles de 17 h. a 20 h. - 1 semana en verano, dentro de los meses Julio/agosto, y que será elegida por la madre, debiendo comunicar tal elección con 15 días de antelación al inicio del mes de julio.
- 3 días en Navidad, bien del 26 al 28 de diciembre, bien del 3 al 5 de enero -con recogida a las 11 h. del primero de los mencionados y reintegro a las 18 h. del...
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