AAP Madrid 901/2011, 20 de Septiembre de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución901/2011
Fecha20 Septiembre 2011

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 17ª

ROLLO DE APELACION: RT 528/11

SUMARIO : 1/2009

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 1 DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL.

A U T O Nº 901/11

ILUSTRISIMOS SEÑORES MAGISTRADOS:

Don José Luís Sánchez Trujillano.

Doña María Jesús Coronado Buitrago.

Doña Rosa Brobia Varona.

En Madrid, a veinte de septiembre de dos mil once.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En esta Sección se tramitan Recursos de Apelación nº 528/11, nº 529/11 y nº 530/11

interpuestos por la representación procesal de don Romulo contra los autos de fecha 5 y 6 de julio de 2011, dictados en Sumario nº 1/2009, procedente del Juzgado de Instrucción nº 1 de San Lorenzo de El Escorial .

Dicha representación procesal interpuso recurso de reforma y subsidiario de apelación contra la providencia de fecha 14 de junio de 2011 que acuerda "Solicitada la práctica de diligencia de prueba, no ha lugar a su admisión, habida cuenta de que la interesada ya consta practicada en autos, debiendo estarse a la práctica de las diligencias instructoras que previamente vienen acordadas en las actuaciones", recurso que fue desestimado por auto de fecha 6 de julio de 2011, contra el que se interpuso recurso de apelación, dando origen al rollo de apelación nº 528/11 .

Asimismo, interpuso recurso de reforma y subsidiario de apelación contra la providencia de fecha 15 de junio de 2011 que acuerda "Recibido el anterior escrito remitido por la Policía Judicial Guardia Civil únase. Líbrese oficio a dicho cuerpo policial a fin de que, para la práctica del reconocimiento fotográfico interesado en autos, arbitren los medios necesarios para su práctica en el Centro Penitenciario de Alhaurín de la Torre donde se encuentra ingresado el testigo Anton, por conducto de la Policía Judicial de esa circunscripción", recurso que fue desestimado por auto de fecha 6 de julio de 2011 contra el que se interpuso recurso de apelación, dando origen al rollo de apelación nº 529/11 .

Finalmente, recurso de reforma contra la providencia de fecha 8 de junio de 2011 que dispone "A la vista de cuanto se pone de manifiesto en el oficio remitido por el Grupo de Delitos contra las Personas de la Unidad Orgánica de Policía Judicial de la Guardia Civil, procédase por agentes pertenecientes al mismo a la práctica a la mayor brevedad, previo traslado al Centro Penitenciario indicado de Madrid III de Valdemoro, de la diligencia de reconocimiento fotográfico con el testigo Anton dando cuenta de su resultado", recurso que fue desestimado por auto de fecha 5 de julio de 2011, contra el que se formuló recurso de apelación, dando origen al rollo de apelación nº 530/11 . SEGUNDO.- Contra dichos autos formularon recursos de apelación la representación procesal del recurrente, que fueron admitidos a trámite, dándose traslado para alegaciones a las demás partes personadas. Elevadas las actuaciones a este Tribunal, se estimó precisa la celebración de vista que se llevó a efecto el día 12 de septiembre de 2011 con el resultado que obra en el presente rollo de apelación, quedando pendiente el procedimiento de resolución en esta segunda instancia.

La Ilustrísima Señora Magistrada doña María Jesús Coronado Buitrago, actuó como Ponente y expresa el parecer del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Ha planteado recursos de apelación la representación procesal del acusado don Romulo contra los autos dictados en la causa de referencia de fechas 6 y 5 de julio de 2011 por el Juzgado de Instrucción nº 1 de San Lorenzo de El Escorial por los que se desestiman los previos recursos de reforma contra las providencias dictadas en la causa en fechas, 14, 15 y 8 de junio anterior que denegaban la práctica de determinadas diligencias de prueba interesadas por el recurrente.

Dada la similar naturaleza de las cuestiones planteadas en dichos recursos y la interrelación existente entre las resoluciones recurridas que afectan a unas mismas diligencias de prueba, por razones de economía procesal procede dictar una única resolución en respuesta a las cuestiones suscitadas que tienen que ver todas ellas con el valor del reconocimiento fotográfico practicado en sede policial y con la necesidad de práctica de reconocimientos fotográficos en sede judicial con la asistencia de las partes personadas.

SEGUNDO

Se hace necesario recordar como antecedente inmediato a las resoluciones recurridas, que el Juzgado de Instrucción nº 1 de San Lorenzo de El Escorial en la causa tramitada ha practicado en instrucción sumaria suplementaria las diligencias ordenadas por la Sección 3ª de esta Audiencia Provincial de Madrid y que como resultado de las mismas la Unidad Orgánica de Policía Judicial de la Guardia Civil remitió a dicho Juzgado informe de fecha 5 de mayo de 2011 en el que se identificaba por coincidencia de perfiles genéticos de la muestra indubitada nº NUM000 consistente en restos orgánicos en una chaqueta de chándal recogida en el interior del vehículo Renault Laguna, matricula .... TCS a la persona de Norberto

, constando en el testimonio remitido para la resolución de los recursos que dado traslado del mencionado informe a las partes en fecha 9 de mayo de 2011 la representación...

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