SAP Barcelona 353/2011, 21 de Junio de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 353/2011 |
Fecha | 21 Junio 2011 |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN CUARTA
ROLLO nº 961/2010-M
Procedencia:Juicio verbal sobre reclamación cantidad nº 531/2010 del Juzgado Primera Instancia 1 Esplugues de Llobregat
S E N T E N C I A Nº353/2011
Ilma. Sra. Magistrada:
Dª.MARIA MERCEDES HERNANDEZ RUIZ OLALDE
En la ciudad de Barcelona, a veintiuno de junio de dos mil once
VISTOS en grado de apelación, ante la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Barcelona, constituida por un solo Magistrado, los presentes autos de Juicio verbal sobre reclamación cantidad nº 531/2010, seguidos ante el Juzgado Primera Instancia 1 Esplugues de Llobregat, a instancia de LÍNEA COCHE, S.L., contra AXA SEGUROS GENERALES S.A., los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandadacontra la Sentencia dictada en los mencionados autos el día 30/09/2010.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente:
Estimo sustancialmente la demanda interpuesta por la representación procesal de Línea Coche S.L., por lo que condeno a la entidad Axa Seguros Generales S.A. al pago de 1.440,72 euros a favor de la parte actora; y en su caso al pago de un interés moratorio correspondiente al legal del dinero incrementado en dos puntos desde el día de hoy y hasta el completo pago, con imposición a la parte demandada del pago de las costas procesales generadas en esta instancia.
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, del que se dio traslado a la contraria que se opuso. Seguidamente se elevaron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, correspondiendo por turno de reparto a esta Sección.
Se señaló para la resolución del recurso el día 21 de junio de 2011.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO por la Ilma.Sra. Magistrada Dª MARIA MERCEDES HERNANDEZ RUIZ OLALDE.
Esta Sección viene sosteniendo, como la mayoría de otras Secciones de esta Audiencia, que en relación con las acciones por responsabilidad extracontractual es de aplicación el art. 125-21 d C.c
.C. (como instó el actor), pues esta norma, aprobada por Ley 29/2002, de 30 de Noviembre, entró en vigor el 1 de enero de 2004. Este precepto establece un plazo de prescripción de tres años, por lo que a la fecha de interposición de la demanda, 2 de julio de 2010, la acción estaba viva y decae el primer motivo de oposición. Así en nuestro rollo 335-2010.
Este tribunal también se ha pronunciado en repetidas ocasiones, en pro de la legitimación de Línea Coche S.L., que le viene de la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
SAP Barcelona 38/2012, 27 de Enero de 2012
...B 7322/2011); SAP, Civil sección 17 del 21 de Marzo del 2011 (ROJ: SAP B 3713/2011); SAP, Civil sección 4 del 21 de Junio del 2011 (ROJ: SAP B 9926/2011) i aquesta mateixa Secció 14ª (SAP, Civil sección 14 del 24 de Marzo del 2011 (ROJ: SAP B 2106/2011); (SAP, Civil sección 14 del 15 de Feb......