SAP Valencia 293/2011, 27 de Mayo de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución293/2011
Fecha27 Mayo 2011

1 Rollo nº 000078/2011

Sección Séptima

SENTENCIA Nº 2 9 3

SECCION SEPTIMA

Ilustrísimos/as Señores/as:

Presidente/a:

Dª MARIA DEL CARMEN ESCRIG ORENGA

Magistrados/as

D. JOSE ANTONIO LAHOZ RODRIGO

Dª MARIA IBAÑEZ SOLAZ

En la Ciudad de Valencia, a veintisiete de mayo de dos mil once.

Vistos, ante la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia en grado de apelación, los autos de Juicio Ordinario - 000462/2009, seguidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 4 DE XATIVA, entre partes; de una como demandante/s - apelante/s Dª Eufrasia, dirigido por el/la letrado/a D/Dª. ANTONIO BLANES GIRONES y representado por el/la Procurador/a D/Dª MARIA GUTIERREZ CUBELLS, y de otra como demandado/s - apelado/s ASABATZ, S.A., dirigido por el/la letrado/a D/Dª. y representado por el/la Procurador/a D/Dª Mª TATIANA DESCALS VIDAL.

Es Ponente el/la Ilmo/a. Sr./Sra. Magistrado/a D/Dª. MARIA DEL CARMEN ESCRIG ORENGA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En dichos autos, por el Ilmo. Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 4 DE XATIVA, con fecha veintinueve de septiembre de dos mil diez, se dictó la sentencia cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: Desestimando la demanda interpuesta por la Procuradora Dª Alejandrina Boscá Castelló en nombre y representación de Eufrasia, debo absolver y absuelvo a ASABATZ, S.A. de todos los pedimentos deducidos en su contra. Por último, debo condenar al pago de las costas causadas en esta instancia a Eufrasia ".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, por la representación de la parte demandante se interpuso recurso de apelación, y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia, en donde comparecieron las partes personadas. Se ha tramitado el recurso, acordándose el día veintitrés de mayo de dos mil once para Votación y Fallo, en que ha tenido lugar.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales en materia de procedimiento.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Doña Eufrasia formuló demanda de juicio ordinario contra la mercantil Asabatz S.A., alegando que es la dueña de las fincas rústicas denominadas "La Chifarrera" y "Casa Pecheres". El día 21 de julio de 2005, las partes suscribieron un contrato de arrendamiento rústico, instando la actora su resolución por la falta total de explotación de las fincas y por causar grave daño por dolo o negligencia, todo ello al amparo de la Ley de Arrendamientos Rústicos.

La demandada se opuso a la pretensión actora alegando que el contrato no estaba sujeto a la Ley de Arrendamientos Rústicos sino al Código Civil, dado que se pactó la libre utilización de los terrenos por la demandada, por ello el contrato no versaba sobre una explotación agrícola sino sobre unos terrenos susceptibles de innumerables aprovechamientos según el criterio de la demandada, entre ellos, la explotación cinegética y el aprovechamiento forestal de la finca que se reservó la arrendadora. Por todo ello niega el abandono de la finca y la producción de daño.

La sentencia de instancia desestima la demanda, resolución contra la que se alza la parte actora invocando diversos motivos que pasamos a examinar. La parte demandada solicita la confirmación de dicha resolución.

SEGUNDO

En la resolución del presente recurso de apelación hemos de partir de lo dispuesto en el artículo 465 de la Ley de Enjuiciamiento Civil en su número 4, conforme al cual artículo 461 . La Sentencia no podrá perjudicar al apelante, salvo que el perjuicio provenga de estimar la impugnación de la resolución de que se trate, formulada por el inicialmente apelado.>>

El Tribunal Supremo, entre otras, en la Sentencia de 4 de febrero de 2009, dictada en el recurso de Casación 794/2003, Pte. Marín Castan, Francisco, nos...

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