SAP Ciudad Real 29/2011, 3 de Febrero de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución29/2011
Fecha03 Febrero 2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

CIUDAD REAL

SENTENCIA: 00029/2011

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN SEGUNDA

CIUDAD REAL

Recurso de apelación 338/2010-J.A.

Autos: Juicio ordinario 523/2007.

Juzgado de Primera Instancia número 6 de Ciudad Real.

Ilmos. Sres.

Presidenta.:

Dª CARMEN PILAR CATALÁN MARTÍN DE BERNARDO.

Magistrados:

D. IGNACIO ESCRIBANO COBO.

D. FULGENCIO V. VELÁZQUEZ DE CASTRO PUERTA.

S E N T E N C I A 29/11

En Ciudad Real, a tres de febrero de dos mil once.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 2ª, de la Audiencia Provincial de CIUDAD REAL, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 523/2007, procedentes del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.6 de CIUDAD REAL, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION CIVIL 338/2010, en los que aparece como parte apelante, D. Guillermo, representado por el Procurador de los tribunales, Sr. JORGE MARTINEZ NAVAS, asistido por el Letrado D. SANTOS DE LA OSA SANCHEZ, y como parte apelada, D. Maximo, representado por la Procuradora de los tribunales, Sra. GABRIELA RODRIGO RUIZ, asistido por el Letrado D. MARIO MANSILLA HIDALGO, y el apelado D. Tomás, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. D. FULGENCIO V. VELÁZQUEZ DE CASTRO PUERTA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Seguido el juicio por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Ciudad Real, por el mismo se dictó Sentencia con fecha 21 de septiembre de 2009, cuya parte dispositiva dice: "1.- Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Rodrigo Ruiz en nombre y representación de Maximo frente a Guillermo representado por el Procurador J. Martínez Navas debo condenar a dicho demandado:

  1. A que abone al actor 7.283,64 euros. Dicha cantidad devengará a cargo del mismo el interés legal del dinero incrementado en dos puntos desde ésta resolución y hasta su completo pago.

  2. A que abone las costas del juicio en las que se incluirán los derechos del perito cuyos informes se acompañaban en la demanda.

  1. - Que desestimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. G. Rodrigo Ruiz en nombre y representación de Maximo, frente a Tomás, representado por el Procurador Sr. J. Martínez Navas, debo absolver a dicho demandado de las pretensiones frente al mismo deducidas en este procedimiento con imposición de las costas al actor.

Notificada dicha resolución a las partes, por D. Guillermo se interpuso recurso de apelación y cumplidos los trámites correspondientes fueron remitidos a este Tribunal donde han comparecido los litigantes, sustanciándose el recurso en la forma legalmente establecida, señalándose para el acto de la votación y fallo el día 3 de febrero de 2011.

TERCERO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia impugnada condena al codemandado Sr. Guillermo a abonar la cantidad de 7.283, 64 euros, cantidad equivalente al coste de reparación de los desperfectos que según la sentencia la ejecución de la obra ha causado en la vivienda colindante del actor.

Frente a la misma se alza la parte condenada sustentando su impugnación en dos pilares; por un lado, que la citada resolución se ampara exclusivamente en el informe pericial del Sr. David (Doc. 6 de los que acompaña a la demanda), sin tener en cuenta la declaración testifical del Sr. Hilario, arquitecto técnico que dirigió la ejecución de la obra, y que discrepa en aspectos tan esenciales como la determinación de los desperfectos ocasionados como su cuantificación, y por otro, la falta de relación o nexo causal...

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