SAP Girona 23/2012, 18 de Enero de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 23/2012 |
Fecha | 18 Enero 2012 |
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION PRIMERA
GIRONA
APELACION CIVIL
Rollo nº: 592/2011
Autos: juicio verbal nº: 816/2010
Juzgado Primera Instancia 4 Figueres
SENTENCIA Nº 23/12
MAGISTRADO
Doña NÚRIA LEFORT RUIZ DE AGUIAR
En Girona, dieciocho de enero de dos mil doce
VISTO el Rollo de apelación nº 592/2011, en el que ha sido parte apelante Dª. Leocadia, representada esta por el Procurador D. JORDI CORBALAN DILMÉ y dirigida por la Letrada Dª. MARTA BRUGAT PLANAS; y como parte apelada ENDESA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.L.U., representada por el Procurador D. CARLOS JAVIER SOBRINO CORTÉS y dirigida por la Letrada Dª. ELISA MARRUGAT FERRÁNDIZ .
Por el Juzgado Primera Instancia 4 de Figueres, en los autos nº 816/2010, seguidos a instancias de ENDESA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.L.U., representado por el Procurador D. Lluis Illa Romans y bajo la dirección del Letrado D. Óscar Marrugat Ferrándiz, contra Dª. Leocadia, representada por la Procuradora Dª. Mª Teresa Oliva Lafuente, bajo la dirección de la Letrada Dª. Marta Brugat Planas, se dictó sentencia cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: Que ESTIMO ÍNTEGRAMENTE la demanda interpuesta por ENDESA DISTRIBUCION ELECTRICA S.L.U, contra Dª Leocadia . DEBO CONDENAR Y CONDENO A Dª Leocadia AL PAGO DE 660,67 # en concepto de suministros prestados más los intereses a determinar en ejecución de sentencia. Imponiéndole las costas de esta instancia ".
La relacionada sentencia de fecha 19/01/2011, se recurrió en apelación por la parte demandada, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia y se han seguido los demás trámites establecidos en la LEC.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia recurrida.
Se interpuso recurso de apelación por DOÑA Leocadia, contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia núm. 4 de Figueres de fecha 19 de enero de 2011, en la que se estimó la demanda interpuesta por ENDESA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.L.U. contra la apelante y en la que se condena a la demandada al pago de la cantidad reclamada por las facturas impagadas de los meses de febrero de 2007 a mayo de 2008.
La sentencia recurrida condena a la demandada al pago de la cantidad reclamada por entender acreditada la existencia del contrato y la prestación del servicio de suministro contratado, sin que la demandada haya acreditado ni probado hecho impeditivo alguno.
La apelante no indica si funda su recurso en error de derecho o en error en apreciación de la prueba, pero del escrito resulta que lo funda en los...
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