SAP Ciudad Real 16/2012, 3 de Febrero de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución16/2012
Fecha03 Febrero 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

CIUDAD REAL

SENTENCIA: 00016/2012

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE CIUDAD REAL

Sección 1ª

Rollo de Apelación: 393/11

Autos: Procedimiento Ordinario 391/10

Juzgado: 1ª Instancia numero dos Alcazar de San Juan 2

SENTENCIA Nº 16/2012

Ilmos. Sres.

PRESIDENTA

Dª MARIA JESUS ALARCON BARCOS

Magistrados

D. LUIS CASERO LINARES

Dª PILAR ASTRAY CHACON

D. ALFONSO MORENO CARDOSO

CIUDAD REAL, a tres de febrero de dos mil doce.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 1, de la Audiencia Provincial de CIUDAD REAL, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 391 /2010, procedentes del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de ALCAZAR DE SAN JUAN, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 393 /2011, en los que aparece como parte apelante, D. Valentín, representado por la procuradora de los tribunales Dª MARIA DEL MAR MOHINO ROLDAN, asistido por el Letrado D. Francisco Ruiz Aguilera y como parte apelada, D. Jose Augusto, MANCHABOX S.L., representado por la procuradora de los tribunales Dª Eva Maria Santos Alvarez y asistido del letrado D. ANSELMO GIMENEZ MARTIN, sobre procedimiento ordinario, siendo Magistrado Ponente la Ilma. MARIA JESUS ALARCON BARCOS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 19 de julio de 2011 de, en el juicio antes dicho, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por d. Jose Augusto y Mancha Box, S.L., representados por el Procurador D. Luis Gines Sainz-Pardo Ballesta contra

d. Alejandro y Valentín, debo condenar y condeno a los demandados, a abonar, conjunta y solidariamente a los acrtores las siguiente scantidades: 2.604,70 euros, a la actora MANCHA BOX, S.L.

613,875 EUROS, AL ACTOR D. Jose Augusto .

Así como los intereses legales de dichas cantidades desde la interposición de la demanda, intereses que se incrementarán en dos puntos desde la fecha de esta resolución y hasta que sea totalmente ejecutada.

No procede imposición de costas."

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado la ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día 30-1-2012, quedando visto para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente la Iltma. Sra. Magistrado DOÑA MARIA JESUS ALARCON BARCOS quién expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Por la actora se ejercita una acción de reclamación de cantidad basada en al responsabilidad extracontractual con ocasión de accidente acaecido el día 24 de julio de 2009 contra Don Valentín y Don Alejandro .

Frente a dicha demanda se opusieron los demandados alegando la culpa exclusiva del conductor del vehículo, al entender que fue este quien con su actitud provocó el accidente puesto que pudo controlar previamente su coche accionando el sistema de frenado. o.

La juzgadora de Instancia dicta sentencia estimatoria parcial de la demanda en el sentido de que existe una concurrencia de culpas tanto por parte del demandante como por el pastor demandado.

Contra la mencionada sentencia interpuso recurso de apelación la representación procesal de Don Valentín ya que considero que se había producido un claro error en la valoración de la prueba, y que ha quedado acreditado que no existe una concurrencia de culpas si no que en todo caso que el accidente aconteció por una culpa exclusiva del conductor del vehículo y alternativamente...

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