SAP A Coruña 79/2012, 17 de Febrero de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución79/2012
EmisorAudiencia Provincial de Coruña, seccion 3 (civil)
Fecha17 Febrero 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3A CORUÑA SENTENCIA: 00079/2012

ROLLO: RECURSO DE APELACIÓN RPL Nº 148/2011

S E N T E N C I A

Presidenta:

Ilma. Sra. doña María Josefa Ruiz Tovar

Magistrados:

Ilma. Sra. doña María José Pérez Pena

Ilmo. Sr. don Rafael Jesús Fernández Porto García

______________________________________________-En La Coruña, a diecisiete de febrero de dos mil doce.

Visto el presente recurso de apelación tramitado bajo el número 148 de 2011, por la Sección Tercera de esta Ilma. Audiencia Provincial, constituida por los Ilmos. señores magistrados que anteriormente se relacionan, interpuesto contra la sentencia dictada el 14 de junio de 2010 en los autos de procedimiento ordinario, procedentes del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Ordes, ante el que se tramitaron bajo el número 129 de 2009, en el que son parte, como apelante, los demandantes DON Guillermo y DOÑA Fidela, mayores de edad, vecinos de Ordes (La Coruña), con domicilio en la parroquia de DIRECCION000, lugar de DIRECCION001, NUM000, provistos de los documentos nacionales de identidad números NUM001 y NUM002 respectivamente, representados por el procurador don Ignacio Pardo de Vera López, y dirigidos por el abogado don Jesús Varela Fraga; y como apelados, los demandados DOÑA María Inés, mayor de edad, vecina de Ordes (La Coruña), con domicilio en la parroquia de DIRECCION000

, lugar de DIRECCION002, provista del documento nacional de identidad número NUM003 ; DON Adolfo

, mayor de edad, vecino de Ordes (La Coruña), con domicilio en la parroquia de DIRECCION000, lugar de DIRECCION002, provisto del documento nacional de identidad número NUM004 ; DON Estanislao, mayor de edad, vecino de Ordes (La Coruña), con domicilio en la parroquia de DIRECCION000, lugar de DIRECCION001, NUM005, provisto del documento nacional de identidad número NUM006 ; y DOÑA Tamara, mayor de edad, vecina de Ordes (La Coruña), con domicilio en la parroquia de DIRECCION000

, lugar de DIRECCION002, provista del documento nacional de identidad número NUM007, quienes no comparecieron ante esta Audiencia Provincial; versando la apelación sobre declaración de dominio de dos fincas, y habiéndose fijado la cuantía en 477.424,64 euros.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Aceptando los de la sentencia de 14 de junio de 2010, dictada por el Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Ordes, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: «FALLO: Que estimando parcialmente la demanda presentada por el procurador Sr. Regueiro Muñoz en nombre y representación de don Guillermo y doña Fidela contra doña María Inés, don Adolfo, don Estanislao y doña Tamara, debo declarar y declaro que las edificaciones de casa vivienda, establos y mejoras existentes en la finca descrita en el hecho séptimo de la demanda como 438/2 del plano general de la concentración parcelaria de San Andrés de Lesta pertenecen, como bienes gananciales, a los cónyuges demandante don Guillermo y doña Fidela por haber sido construidos por los mismos, siendo igualmente de la misma propiedad y como ganancial, la explotación agrícola existente en dicha finca, habiendo sido realizadas por los demandantes de buena fe, desestimando las restantes pretensiones de la demanda y absolviendo de todas ellas a los demandantes.

No se hace expresa imposición de las costas procesales» .

SEGUNDO

Presentados escritos preparando recursos de apelación por don Guillermo y doña Fidela

, así como por doña María Inés, don Adolfo, don Estanislao y doña Tamara, se dictó providencia teniéndolos por preparados, emplazando a las partes que habían preparado los recursos para que en términos de veinte días los interpusieran, por medio de los respectivos escritos. Por don Guillermo y doña Fidela se interpuso el recurso de apelación, no presentándose escrito de interposición por la representación de doña María Inés, don Adolfo, don Estanislao y doña Tamara . Del escrito de interposición se dio traslado a la parte contraria, presentándose por la representación de doña María Inés, don Adolfo, don Estanislao y doña Tamara escrito de oposición. Por Auto de 11 de febrero de 2011 se declaró desierto el recurso preparado por doña María Inés, don Adolfo, don Estanislao y doña Tamara . Con oficio de fecha 16 de febrero de 2011 se elevaron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes.

TERCERO

Recibidas en esta Audiencia Provincial con fecha 25 de febrero de 2011, se registraron bajo el número 148 de 2011, siendo turnadas a esta Sección. Por el Sr. Secretario Judicial de esta Sección se dictó el 5 de abril de 2011 diligencia de ordenación admitiendo el recurso, mandando formar el correspondiente rollo, designando ponente, teniendo por personado al procurador don Ignacio Pardo de Vera López en nombre y representación de don Guillermo y doña Fidela, en calidad de apelante; quedando el recurso pendiente de señalamiento para votación y fallo cuando por turno correspondiese. Por providencia de 15 de noviembre de 2011 se señaló para votación y fallo el pasado día 14 de febrero de 2012.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales; y, siendo ponente el Ilmo. Sr. magistrado don Rafael Jesús Fernández Porto García, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Fundamentación de la sentencia apelada .- Se aceptan y comparten los fundamentos de derecho de la sentencia apelada, que se dan por reproducidos, como parte integrante de la presente, en aras a inútiles repeticiones, salvo el párrafo segundo del fundamento quinto.

SEGUNDO

Objeto del litigio .- La cuestión litigiosa planteada puede resumirse en los siguientes términos:

  1. - El 17 de marzo de 1990 falleció don Manuel, en estado de casado con doña María Inés, habiendo tenido cuatro hijos de su matrimonio: don Guillermo, don Adolfo, don Estanislao y doña Tamara .

    Su sucesión se rige por el testamento abierto otorgado el 4 de marzo de 1988, en el que, en síntesis, establece:

    (a) Lega:

    (i) A su esposa doña María Inés el usufructo universal y vitalicio de todos sus bienes.

    (ii) A sus cuatro hijos un solar en el término municipal de Culleredo (La Coruña).

    (iii) A su hijo don Adolfo determinados bienes.

    (b) Instituye herederos a sus cuatro hijos en la siguiente forma: (i) «A su hijo Adolfo, en la mitad de su herencia» ; (ii) y a «sus otros tres citados hijos: Estanislao, Tamara y Guillermo, por partes iguales, en el resto de su herencia» .

    (c) Establece que «Para pago de las herencias de los hijos del testador, se le adjudicarán en primer lugar los siguientes bienes:

    (A) A su hijo Adolfo, toda participación que al testador corresponda (en) ...

    (B) A su hijo Estanislao, la parte que al testador corresponda en la finca a pasto llamada...

    (C) A su hija Tamara, igualmente toda participación corresponda (en) ... (D) Y a su hijo Guillermo, también la parte que al testador corresponda en la finca a monte llamada " DIRECCION003 " u " DIRECCION004 ", que queda próxima a la vía férrea» .

    (d) Designa como contadores-partidores, con carácter sucesivo, a don Adolfo ..., que ostentarán todas las facultades legales, y las especiales de entrega de legados y liquidación de sociedad conyugal.

  2. - Por Decreto de 24 de abril de 1974 se aprobó llevar a cabo la concentración parcelaria de la Zona de San Andrés de Lesta (Ordes), a la que don Manuel y doña María Inés aportaron varias fincas, entre las que se hallaba la nombrada " DIRECCION003 " u " DIRECCION004 ".

    El 12 de mayo de 1993 se protocolizó el acta de reorganización de la propiedad de la Concentración Parcelaria, en la que:

    (a) Se adjudicó a don Manuel, con carácter privativo la finca NUM008, que se describe «Finca rústica: terreno dedicado a pasto y monte, en el sitio de " DIRECCION005 ", concello de Ordes, que limita: Norte, con pista de concentración; Sur, con carretera a Gorgullos, Luis Francisco ( NUM009 ) y otras fincas de varios propietarios: ( NUM010 ), ( NUM011 ), ( NUM012 ) y ( NUM013 ); Este, con finca del mismo propietario nº NUM014, Casimiro ( NUM012 ) y con Hilario ( NUM015 ); Oeste, con Romualdo ( NUM016 ), Miguel Ángel ( NUM017 ) y Enma ( NUM011 ). Tiene una extensión superficial de seis hectáreas noventa y un áreas y setenta y cuatro centiáreas» . Es la finca registral número NUM018 del Registro de la Propiedad de Ordes, inmatriculada al tomo NUM019, libro NUM020 de Ordes, folio NUM021 .

    (b) Se adjudicó a los cónyuges don Manuel y doña María Inés, con carácter ganancial, la finca NUM014

    , con la siguiente descripción: «Finca rústica: terreno dedicado a pasto y monte, al sitio de " DIRECCION005 ", concello de Ordes, que limita: Norte, con pista de concentración; Sur, con Hilario ( NUM015 ) y con Ángela ( NUM022 ); Este, con Matías ( NUM023 ); y Oeste, con Manuel... ( NUM008 [la finca anterior] ). Tiene una extensión superficial de dos hectáreas, cincuenta y dos áreas y ochenta centiáreas» . Es la finca registral número NUM024 del Registro de la Propiedad de Ordes, inmatriculada al tomo NUM019, libro NUM020 de Ordes, folio NUM025 .

    Para una mejor comprensión de la exposición, se identifican en lo sucesivo las fincas por el número asignado por el Servicio de Concentración Parcelaria.

  3. - A finales del año 1991 don Guillermo y doña Fidela iniciaron los trámites para la construcción de una vivienda unifamiliar en la finca NUM008 . Además, en los años 1993, 1994 y especialmente en 1995 y 1996, adquirieron maquinaria, ganado vacuno, y construyeron dependencias para los animales, con el objeto de instalar una explotación de ganado vacuno. Todas estas obras se hicieron en parte de la finca NUM008 . Desde entonces vienen explotando la totalidad de la finca NUM008...

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