SAP A Coruña 43/2012, 23 de Febrero de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución43/2012
Fecha23 Febrero 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

A CORUÑA

SENTENCIA: 00043/2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2 de A CORUÑA

I2529B5

Domicilio: RÚA CAPITÁN JUAN VARELA S/N

Telf: 981 18 20 74/75/36

Fax: 981 18 20 73

Modelo: N54550

N.I.G.: 15030 43 2 2011 0000125

ROLLO: APELACION JUICIO DE FALTAS 0000227 /2011-Pg

Juzgado procedencia: XDO. INSTRUCION N. 3 de A CORUÑA

Procedimiento de origen: JUICIO DE FALTAS 0000145 /2011

RECURRENTE: David

Procurador/a: JAIME JOSE DEL RIO ENRIQUEZ

Letrado/a: SANTIAGO EDUARDO FERNANDEZ HERNANDEZ

RECURRIDO/A: MINISTERIO FISCAL

Procurador/a:

Letrado/a:

RECURRIDO: Fernando

SENTENCIA Nº43

En A Coruña, a veintitrés de febrero de dos mil doce.

El/La Ilma.o. Magistrado/a DON/ÑA MARIA DEL CARMEN TABOADA CASEIRO, como Tribunal Unipersonal de la SECCIÓN SEGUNDA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA,

En nombre de S.M. el Rey

Ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción nº 3 de A Coruña, en el Juicio de Faltas Nº 145//11, seguido por una falta de lesiones, siendo parte apelante David representado por procurador Sr. Del Río Enríquez y defendido por Letrado Sr. Fernández Hernández y como apelado Fernando, con intervención del Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que por el Juzgado de Instrucción anteriormente citado, se ha dictado sentencia en fecha 21-06-11, cuya parte dispositiva dice así:" FALLO : Que debo condenar y condeno a D. David como autor de una falta de lesiones del artículo 617.1 del CP a la pena de un mes de multa a razón de doce euros diarios, con responsabilidad personal subsidiaria, en caso de impago, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, debiendo indemnizar al denunciante en la cantidad de 400 euros por las lesiones sufridas, condenándole igualmente al pago de las costas procesales que se hubieran causado. ".

SEGUNDO

Que notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma recurso de Apelación por David que fue admitido a trámite en ambos efectos y conferidos por el Instructor los traslados a las restantes partes, tal como establece el artículo 795.4º, de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y una vez trascurridos los plazos establecidos, se elevaron las actuaciones a la oficina de registro y reparto de la Audiencia Provincial, correspondiendo por reparto a esta Sección Segunda el presente recurso, que fue registrado como Rollo (RJ) Nº 227/11 .

TERCERO

En la sustanciación del presente recurso se han observado y cumplido las prescripciones legales.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan los hechos declarados probados de la sentencia recurrida, que se dan por reproducidos, en aras de la brevedad.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el...

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