SAP Orense 95/2012, 27 de Febrero de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución95/2012
Fecha27 Febrero 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

OURENSE

SENTENCIA: 00095/2012

APELACIÓN CIVIL

La Audiencia Provincial de Ourense, constituida por los Señores, don Fernando Alañón Olmedo, Presidente, doña Ángela Domínguez Viguera Fernández y doña Josefa Otero Seivane, Magistrados, ha pronunciado, en nombre de S.M. El Rey, la siguiente

S E N T E N C I A NÚM.95

En la ciudad de Ourense a veintisiete de febrero dos mil doce.

VISTOS, en grado de apelación, por esta Audiencia Provincial, actuando como Tribunal Civil, los autos de Juicio Incapacitación procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de O Barco de Valdeorras, seguidos con el n. º 192/10, Rollo de Apelación núm. 112/11, entre partes, como apelante D. Alejo, representado por la Procuradora Dña. Sonia Ogando Vázquez, bajo la dirección del Letrado D. Diego González Álvarez y, como apelado, Ministerio Fiscal. Es ponente la Ilma. Sra. Dª. Josefa Otero Seivane.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de O Barco de Valdeorras, se dictó sentencia en los referidos autos, en fecha 15 de octubre de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por el Ministerio Fiscal sobre declaración de incapacidad de

D. Alejo debo declarar y declaro incapacitada a esta para regir jurídicamente tanto su persona como todo su patrimonio y debo de nombrar y nombro tutor legal de la misma a la entidad "FUNGA", quien una vez firme esta resolución, comparecerá ante este Juzgado a aceptar y jurar el cargo para el que ha sido nombrado y practicará el inventario legalmente establecido dentro de los 60 días siguientes a su toma de posesión y a quien se le hará saber que deberá rendir cuentas anuales de su gestión ante este mismo juzgado.

Una vez firme esta sentencia comuníquese al encargado del Registro Civil del lugar de nacimiento de la declarada incapaz a fin de dar cumplimiento a lo ordenado en los arts.521 y 755 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y demás normas concordantes y al encargado del Registro Civil de esta localidad para la inscripción de esta resolución, así como de la aceptación y juramento o promesa del cargo de tutor, con testimonio de esta resolución, debiendo acusarse recibo a este juzgado para su constancia e igualmente comuníquese mediante oficio al Instituto Nacional de Estadística con mención concreta del nombre y circunstancias personales del declarado incapaz a los efectos procedentes sobre el derecho de sufragio y censo electoral ".

Segundo

Notificada la anterior sentencia a las partes, se interpuso por la representación de DON Alejo recurso de apelación en ambos efectos, y seguido por sus trámites legales, se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial.

Tercero

En la tramitación de este recurso se han cumplido las correspondientes prescripciones legales.

II - FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La representación procesal del demandado solicita en su recurso la revocación de la sentencia apelada a fin de que se proceda al dictado de otra por la que se desestime íntegramente la demanda. Entiende que su representado sufre una discapacidad que no le impide gobernar su persona y bienes. El ministerio fiscal, en su escrito de oposición, interesó la confirmación de la sentencia apelada por sus propios y acertados fundamentos jurídicos.

Como antecedentes de interés para la resolución del recurso cabe señalar que por Resolución de la Delegación Provincial de la Consellería de asuntos sociales, empleo y relaciones laborales, el demandado tiene reconocido un grado de minusvalía del 65% desde el 8 de mayo de 2003 por enfermedad mental crónica. Se le diagnosticó esquizofrénica paranoide en informe del psiquiatra doctor Florentino de 19 de abril de 2004 que también hace constar la falta de conciencia de enfermedad, la negativa a recibir tratamiento psicofarmacológico y la asistencia desde el 13 de noviembre de 1990 por la unidad de salud mental del hospital comarcal Valdeorras, a petición de sus familiares, por graves alteraciones psíquicas. En un primer informe médico forense de 17 de septiembre de 2009, acompañado a la demanda, se mantienen idénticas conclusiones en orden al diagnóstico, falta de conciencia de enfermedad y negativa a tratamiento y se añade que no tiene capacidad plena y duradera para administrar su persona y bienes. En...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 4 de Diciembre de 2012
    • España
    • 4 Diciembre 2012
    ...contra la sentencia dictada, en fecha 27 de febrero de 2012, por la Audiencia Provincial de Ourense (Sección 1ª) en el rollo de apelación nº 112/2011 , dimanante de los autos de juicio de incapacitación nº 192/2010 del Juzgado de Primera Instancia número 1 de El Barco de - Y entréguese copi......
1 artículos doctrinales
  • Sentencias
    • España
    • Anuario de Derecho Civil Núm. LXVIII-II, Abril 2015
    • 1 Abril 2015
    ...y nombra tutor a la entidad F. D. Camilo interpone recurso de apelación, que es desestimado por la sentencia de la Audiencia Provincial de Ourense (sección primera) de 27 de febrero de 2012. En dicha sentencia también se desestima la solicitud del Ministerio Fiscal de sometimiento de la per......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR