SAP Barcelona 974/2011, 29 de Noviembre de 2011

JurisdicciónEspaña
Fecha29 Noviembre 2011
Número de resolución974/2011

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

SECCIÓN TERCERA

PA 48/11

Juzgado de Instrucción nº 7 de Barcelona

Diligencias Previas 1832/10

SENTENCIA Nº 974/11

ILMOS. SRES.

D. FERNANDO VALLE ESQUÉS

D. JOSÉ GRAU GASSÓ

Dña. MARÍA JESÚS MANZANO MESEGUER

En Barcelona, a veintinueve de Noviembre de dos mil once.

VISTOS en Juicio oral y público ante esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Barcelona, los presentes autos de Procedimiento Abreviado número 48/11 seguido por un delito contra la salud pública de sustancias que causan grave daño a la salud, contra Juan Manuel, con Ordinal de Informática nº NUM000 y NIP nº NUM001, de solvencia no pronunciada, nacido en Liberia el 15/06/84, hijo de Samuel y de Frances, sin antecedentes penales y en situación de prisión provisional por esta causa desde el 17 de noviembre de 2011, representado por el Procurador de los Tribunales Sr. D. José Manuel Luque y defendido por el Letrado Sr.

D. Antonio García Fernández. Como parte acusadora el Ministerio Fiscal en el ejercicio de la acción pública.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que por el Juzgado de Instrucción nº 7 de Barcelona se incoaron Diligencias Previas 1832/10 por delito contra la salud pública de sustancias que causan grave daño a la salud, contra Juan Manuel, y tras las Diligencias oportunas se acordó continuarlas por el trámite del procedimiento abreviado.

SEGUNDO

Que por el Ministerio Fiscal se solicitó la apertura del Juicio Oral y se presentó escrito de calificación provisional contra Juan Manuel, como autor de un delito contra la salud pública de sustancia que causa grave daño a la salud, previsto en el art. 368 del Código Penal ; no concurriendo circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal; solicitando imponer al acusado la pena de cuatro años de prisión y multa de sesenta euros con la responsabilidad personal subsidiaria de 1 día. Costas. Comiso de la droga y dinero. Costas.

La Defensa solicitó la libre absolución de su defendido.

TERCERO

Recibidas las actuaciones procedentes del Juzgado de Instrucción nº 7 de Barcelona, se señaló día y hora para la celebración del Juicio Oral.

CUARTO

Que siendo el día y la hora señalados compareció el acusado y el resto de partes personadas, conformándose el acusado con los hechos objeto de la acusación y con la pena solicitada por el Ministerio Fiscal, quién en ese mismo acto modificó su conclusión 5ª) solicitando la pena de un año y siete meses de prisión, manteniendo el resto de calificación, mostrando también su conformidad la Defensa quién consideró innecesaria la continuación del Juicio, por lo que los autos quedaron vistos para sentencia.

QUINTO

En la tramitación de las presentes actuaciones se han seguido las prescripciones legales.

HECHOS PROBADOS

ÚNICO. Se declara probado con estricta conformidad de las partes: El acusado, Juan Manuel, nacido el 15 de junio de 1984, en Liberia, mayor de edad en el momento de los hechos, que carece de antecedentes penales e indocumentado, que según certificación de la Brigada Provincial de Extranjería de Fronteras de fecha 17-04-10 no dispone de autorización administrativa para residir en España pero es inexpulsable: sobre las 23:05...

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