SAP Barcelona 954/2010, 16 de Diciembre de 2010

JurisdicciónEspaña
Número de resolución954/2010
Fecha16 Diciembre 2010

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

SECCIÓN TERCERA

Rollo 168/10

Juzgado de Menores nº 5

Exp. 3/09

APELANTE: Moises

Ilmos. Sres.

D. FERNANDO VALLE ESQUÉS

Dª. MARÍA JESÚS MANZANO MESEGUER

Dª. MARÍA DEL PILAR PEREZ DE RUEDA

SENTENCIA Nº 954/2010

En Barcelona, a dieciséis de Diciembre de dos mil diez.

Visto el presente Rollo de Apelación nº 168/10 dimanante del Expediente nº 3/09 del Juzgado de Menores nº 5, seguido por un delito de robo con violencia e intimidación,en el que se dictó sentencia de fecha 17 de septiembre de 2010 . Ha sido parte apelante la representación procesal del menor Moises ; y parte apelada el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Menores nº 5 se dictó sentencia en fecha 17 de septiembre de 2010 en la que se declaran probados los siguientes hechos:

"Los menores Juan Ignacio nacido el 10-6-1994 y Moises nacido el 14-8-1993 acompañados de otros jóvenes, siendo sobre las 8,00 horas del día 1-1-2009 puestos en común acuerdo y con el propósito de obtener un beneficio patrimonial ilícito, cuando pasaban por la calle Manuel Azaña de L'Hospitalet de Llobregat, abordaron a los también menores Cayetano, Francisco y Lucas, a los que amedrentaron diciéndoles que les dieran todo lo que llevaban a lo que se negaron las víctimas en un primer momento, siendo entonces que el menor Jesús Luis propinó un puñetazo en la cara de Cayetano a la vez que le rompía el bolsillo de la chaqueta que llevaba mientras le estaba registrando. Ante esos hechos, el menor Cayetano pudo huir del lugar, quedando los otros dos menores que atemorizados por lo ocurrido y tras ser empujados fuertemente, entregaron a los menores los objetos siguientes.

Francisco un teléfono móvil, dos paquetes de tabaco, un encendedor color blanco y cinco euros en un billete, todos lo que fueron recuperados a excepción del teléfono móvil, que ha sido peritado en 120 euros.

A Lucas, un teléfono móvil marca Nokia y un billete de 10 euros, todo lo que ha sido recuperado.

En esos momentos llegó una patrulla de Mosso d'Esquadra que procedió a la detención de los menores y recuperación de los objetos."

SEGUNDO

La parte dispositiva de dicha resolución expresa textualmente:

"Imponer a Juan Ignacio las medidas de 7 meses de internamiento en régimen semiabierto y 9 meses de libertad vigilada, y a Moises las medidas de 182 días de internamiento en régimen cerrado, con abono de la cautelar, y 12 meses de libertad vigilada con obligación de seguir un curso de formación prelaboral, como coautores de un delito de robo con intimidación; debiendo indemnizar Juan Ignacio solidariamente con sus padres Guillermo y Nemesio, y Moises, solidariamente con sus padres Luis Angel y Bibiana en 220 euros a Francisco y 100 euros a Cayetano y otros 100 euros a Lucas, fijándose por partes iguales las cuotas de que cada uno de los condenados debe responder, con responsabilidad también solidaria en cuanto a dichas cuotas."

TERCERO

Contra la citada resolución se interpuso recurso de apelación por la parte apelante ya indicada en el encabezamiento de la presente resolución, recurso que fue impugnado por el Ministerio Fiscal. Posteriormente el referido expediente fue elevado a esta Audiencia Provincial.

CUARTO

Admitido el recurso y de conformidad con lo que establece el artículo 790 de la LECr ., y no siendo preceptivo el emplazamiento y la comparecencia de las partes se siguieron los trámites legales y después de celebrar la correspondiente vista pública en el día 15 de de Diciembre de 2010, quedaron las actuaciones vistas para dictar sentencia.

QUINTO

Que en la tramitación de las presentes actuaciones se han seguido las prescripciones legales.

Ha sido ponente la Ilma. Sra. MARÍA JESÚS MANZANO MESEGUER que expresa el criterio unánime del Tribunal.

HECHOS PROBADOS

ÚNICO.- SE ACEPTAN y se dan por reproducidos en esta alzada los hechos que se han declarado probados en...

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