SAP Castellón 461/2007, 11 de Octubre de 2007

PonenteADELA BARDON MARTINEZ
ECLIES:APCS:2007:1112
Número de Recurso336/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución461/2007
Fecha de Resolución11 de Octubre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Castellón, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CASTELLÓN

SECCIÓN TERCERA

Rollo de apelación civil número 336 de 2007

Juzgado de 1ª Instancia número 2 de Castellón

Juicio Ordinario número 32 de 2004

SENTENCIA NÚM. 461 de 2007

Ilmos. Sres.:

Presidente:

Don JOSÉ MANUEL MARCO COS

Magistradas:

Doña ADELA BARDÓN MARTÍNEZ

Doña Mª ANGELES GIL MARQUÉS

En la Ciudad de Castellón, a once de octubre de dos mil siete.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Castellón, constituida con los Ilmos. Sres. referenciados al margen, ha visto el presente recurso de apelación, en ambos efectos, interpuesto contra la Sentencia dictada el día siete de febrero de dos mil cinco por la Ilma. Sra. Magistrada Juez del Juzgado de 1ª Instancia número 2 de Castellón en los autos de Juicio Ordinario seguidos en dicho Juzgado con el número 32 de 2004.

Han sido partes en el recurso, como apelantes, Don Cornelio y Don Jose Luis, representado/a por el/a Procurador/a D/ª. María Jesús Margarit Pelaz y defendido/a por el/a Letrado/a D/ª. Enrique Corujo Dominguez, y como apelados, Don José y Doña Verónica representados/as por el/a Procurador/a D/ª. Paola Usó Amella y defendido/a por el/a Letrado/a D/ª. Miguel Benet Cervera, Don Cornelio y Don Jose Luis, representado/a por el/a Procurador/a D/ª. María Jesús Margarit Pelaz y defendido/a por el/a Letrado/a D/ª. Enrique Corujo Domínguez, y Don Francisco, representado/a por el/a Procurador/a D/ª. María Pilar Barrachina Pastor y defendido/a por el/a Letrado/a D/ª. María Carmen Breva Calatayud. Y como impugnantes, "Construcciones Castaño S.L." y "Urbe CCB Benicasim S.L.", representado/a por el/a Procurador/a D/ª. María Pilar Ballester Ozcariz y defendido/a por el/a Letrado/a D/ª. Alfonso C. Larrea Rabassa,

Es Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª. ADELA BARDÓN MARTÍNEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Fallo de la Sentencia apelada literalmente establece: "Que estimando la demanda formulada por el Procurador D Eva Mº Pesudo en nombre y representación de D Estíbaliz debo CONDENAR a CONSTRUCCIONES CASTAÑO SL URBE CCB BENICASIM SL, D Jose Luis y D Cornelio a que de forma conjunta y solidaria especificadas en el fundamento jurídico cuarto de esta resolución según el informe pericial judicial obrante en autos, ABSOLVIENDO al codemandado D Francisco de los pedimentos del presente pleito. Todas las costas procesales se impondrán a los demandados condenados.- Notifíquese...- Así...-".

SEGUNDO

Notificada dicha Sentencia a las partes, se interpusieron recursos de apelación por las respectivas representaciones procesales de Doña Estíbaliz, siendo posteriormente sucedida procesalmente por D. José y Doña Verónica y por Don Cornelio y Don Jose Luis solicitando que se dictara sentencia según lo solicitado en sus escritos de apelación.

Se dio traslado a las partes contrarias de los escritos de apelación, presentándose por la representación procesal de D. Francisco escrito de oposición a la apelación de los codemandados Sres. Cornelio y Jose Luis. Y por la representación de D. Cornelio y Don Jose Luis se presentó escrito de oposición a la apelación interpuesta por la actora Sra. Estíbaliz. Asimismo por la representación procesal de "Construcciones Castañó S.L." y "Urbe C.C.B. Benicasim, S.L." se presentaron sendos escritos adhiriéndose a las apelaciones e impugnando la resolución en cuanto le resultaba desfavorable. Y por la representación procesal de Dª Estíbaliz se presento escrito de oposición al recurso de apelación presentado por los Sres. Cornelio y Jose Luis. Por la representación procesal de D. Francisco se presentaron dos escritos de oposición a las impugnaciones presentada por "Construcción Castaño S.L." y de "Urbe C.C.B. Benicasim S.L.". Asimismo por la representación procesal de Dª Estíbaliz se presentó escrito oponiéndose al recurso de apelación por vía de adhesión de Construcciones Castaño S.L. y Urbe C.C.B. Benicasim S.L.

En fecha 27 de diciembre de 2005 se presentó escrito por las presentaciones procesales de "Construcciones Castaño S.L.", "Urbe C.C.B. Benicasim S.L.", Don Cornelio, Don Jose Luis, Don José y Doña Verónica, exponiendo en el mismo el acuerdo transaccional parcial a que habían llegado sobre el objeto del pleito, siendo aprobado este por Auto de fecha 15 de mayo de 2007, siguiéndose en consecuencia las apelaciones, impugnaciones y oposiciones, única y exclusivamente en cuanto a las costas.

Se remitieron los autos a la Audiencia Provincial, correspondiendo su conocimiento a esta Sección Tercera, en virtud del reparto de asuntos.

Por Providencia de fecha 2 de julio de 2007 se formó el presente Rollo y se designó Magistrada Ponente, se tuvieron por personadas las partes y por Providencia de fecha 3 de septiembre de 2007 se señaló para la deliberación y votación del recurso el día 10 de octubre de 2007, llevándose a efecto lo acordado.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales de orden procesal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

SE ACEPTAN los de la resolución recurrida excepto el quinto que se sustituye por los siguientes:

PRIMERO

La Juez de primera instancia estimó la demanda interpuesta por Dª Estíbaliz y condenó a los demandados, Urbe CCB Benicasim S.L., Construcciones Castaño S.L., D. Cornelio y D. Jose Luis a realizar en la vivienda propiedad de la actora las actuaciones necesarias para subsanar determinadas deficiencias existentes en las mismas. Absolvió al arquitecto demandado, D. Francisco y en cuanto a las costas de la primera instancia se las impuso a la parte demandada condenada, incluyendo las correspondientes al demandado absuelto.

Contra dicha resolución interpuso recurso de apelación en primer lugar la parte demandante quien interesó se incluyeran en los trabajos a que habían sido condenados los demandados, los referentes a la impermeabilización de la solera del sótano y los necesarios para la ejecución del drenaje perimetral de la vivienda.

Igualmente interpusieron recurso de apelación la representación de los aparejadores D. Cornelio y D. Jose Luis quienes entre otras pretensiones por las que solicitaban su libre absolución, opusieran que era improcedente su condena en costas al ser una estimación parcial y la indebida imposición de costas a los codemandados de las del codemandado absuelto, si bien en el suplico de su recurso solicitaron la revocación de la Sentencia dictada y que en su lugar, se dicte Sentencia por la que se les absuelva de las pretensiones de la demanda, imponiendo las costas causadas en primera instancia a la parte actora.

Por su parte la representación de las mercantiles Construcciones Castaño S.L. y Urbe CCB Benicasim S.L., respecto al recurso interpuesto por D. Cornelio y por D. Jose Luis, lo impugnaron parcialmente, añadiendo que de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 461 de la L.E.C., se adherían a la apelación formalizando la impugnación de la resolución apelada en cuanto les resultaba desfavorable en el pronunciamiento referido a las costas procesales, por ser una estimación parcial y ante la indebida imposición de costas a los codemandados del que ha sido absuelto.

La misma representación de las mercantiles Construcciones Castaño S.L. y Urbe CCB Benicasim S.L. presentó un escrito similar frente al recurso de apelación interpuesto por la demandante, adhiriéndose a la apelación y formalizando la impugnación contra la resolución apelada en cuanto resulte desfavorable en el pronunciamiento referido a las costas.

La representación del demandado que fue absuelto, D. Francisco, presentó sendos escritos de oposición a las impugnaciones de la Sentencia presentada por Construcciones Castaño S.L. y de Urbe CCB Benicasim S.L. y la parte actora lo hizo en un solo escrito.

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