SAP Las Palmas 191/2010, 5 de Abril de 2010

PonenteMARIA ELENA CORRAL LOSADA
ECLIES:APGC:2010:1331
Número de Recurso358/2008
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución191/2010
Fecha de Resolución 5 de Abril de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Las Palmas, Sección 4ª

SENTENCIA

Iltmos. Sres.-PRESIDENTE: Don Víctor Caba Villarejo.

MAGISTRADOS: Doña Emma Galcerán Solsona.

Doña Maria Elena Corral Losada (Ponente).

SENTENCIA

En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria a cinco de abril de dos mil diez.

VISTAS por la Sección 4ª de esta Audiencia Provincial las actuaciones de que dimana el presente rollo en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado Mercantil Núm 1 de Mercantil en los autos referenciados (Juicio Ordinario nº358/2008) seguidos a instancia de "Promociones Faro, S.A" y "Maspalomas Resort, S.L" parte demandante y apelante, representada en esta alzada por la Procuradora Doña Dolores Moreno Santana y asistida por el Letrado Don Fernando Inglott de Lara contra "Puerto Deportivo Pasito Blanco (Canarias), S.L.U" parte demandada y apelada representada en esta alzada por la Procuradora Doña Ana Teresa Kozlowski, asistida por el Letrado Don Carlos Bravo de Laguna Navarro, siendo ponente la Sra. Magistrada Dña. Maria Elena Corral Losada, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado Mercantil núm 1 de las Palmas se dictó sentencia en los referidos autos cuya parte dispositiva literalmente establece:

"Desestimo la demanda interpuesta por la procuradora señora MORENO SANTANA contra la entidad PUERTO DEPORTIVO PASITO BLANCO (CANARIAS) S.L.U., absolviéndola de la acción de impugnación de acuerdos sociales formulada".

"Todo ello con expresa condena en costas a las demandantes".

SEGUNDO

La referida sentencia, de fecha 15 de enero de 2008, se recurrió en apelación por la parte demandante, interponiéndose tras su anuncio el correspondiente recurso de apelación con base a los hechos y fundamentos que son de ver en el mismo. Tramitado en la forma dispuesta en el art. 461 de la Ley de Enjuiciamiento Civil la parte demandada. presentó escrito de oposición y seguidamente se elevaron las actuaciones a esta Sala, donde se formó rollo de apelación. No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba en esta alzada, sin necesidad de celebración de vista se señaló día y hora para discusión, votación y fallo.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, a excepción del plazo para dictar resolución, dada la acumulación de asuntos pendientes en esta Sección, a cargo de la Magistrada Ponente, la dedicación de varios meses de trabajo de la ponente a la redacción de un asunto de especial dimensión y complejidad, y una larga baja médica de la ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la sentencia dictada el día 15 de enero de 2008 por el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Las Palmas en los presentes autos, desestimatoria de demanda de impugnación de acuerdos del Consejo de Administración de la sociedad PUERTO DEPORTIVO PASITO BLANCO (CANARIAS), S.L.U. de fecha 1 de febrero de 2007.

El acuerdo impugnado, correspondiente al punto cuarto del orden del día adjunto a la convocatoria ("Ratificación de la presentación ante la Consejería de Infraestructuras, Transportes y Viviendas del Gobierno de Canarias -Viceconsejería de Infraestructuras y Planificación. Area de Puertos- del Proyecto Básico de Ampliación del Puerto Deportivo Pasito Blanco"), se adoptó por votación a favor de la mayoría absoluta de los consejeros (folio 37 de las actuaciones). Se alega como fundamento de la impugnación la violación del artículo 26,7 de los Estatutos Sociales, apartados b, c, y e.

El recurrente se alza contra la sentencia que desestimó la impugnación formulada por entender que el acuerdo impugnado constituía una ejecución del acuerdo aprobado por el...

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