SAP Navarra 95/2010, 19 de Abril de 2010

PonenteJUAN JOSE GARCIA PEREZ
ECLIES:APNA:2010:741
Número de Recurso34/2009
ProcedimientoAPELACIóN SENTENCIAS RESTANTES
Número de Resolución95/2010
Fecha de Resolución19 de Abril de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Navarra, Sección 3ª

S E N T E N C I A Nº 95/2010

Ilmo. Sr. Presidente:

D. JUAN JOSÉ GARCÍA PÉREZ

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. AURELIO VILA DUPLÁ

D. JESÚS SANTIAGO DELGADO CRUCES

En Pamplona, a 19 de abril de 2010.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Navarra, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados que al margen se expresan, ha visto en grado de apelación el Rollo Civil de Sala nº 34/2009, derivado de los autos de Incidente concursal nº 272/2008, del Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Pamplona; siendo parte apelante, la entidad mercantil demandante INDUMAR, S. L., representada por el Procurador D. Eduardo de Pablo Murillo y asistida por el Letrado D. Javier Mendive Navarro; parte apelada, la demandada ADMINISTRACIÓN CONCURSAL AZCONA-VILLANUEVA, S. L., D. Constancio, Dña. Inés y D. Gumersindo .

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente de esta Sección, D. JUAN JOSÉ GARCÍA PÉREZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Con fecha 3 de noviembre de 2008, el referido Juzgado, en el citado procedimiento, dictó sentencia cuyo fallo literalmente dice:

Que desestimando la demanda presentada por INDUSTRIAL MARMOLERA NAVARRA S.L. (INDUMAR), representada por el Procurador Sr. De Pablo Murillo, absuelvo a los demandados AZCONA Y VILLANUEVA S.L. y la ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DE AZCONA Y VILLANUEVA S.L., de los pedimentos contenidos en la misma, sin que haya lugar a expresa imposición de costas.

Así por ésta mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

TERCERO

Notificada dicha resolución, fue apelada en tiempo y forma por la representación procesal de INDUMAR.

CUARTO

En el trámite del art. 461 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, la parte apelada evacuó el traslado para alegaciones, oponiéndose al recurso de apelación, solicitando su desestimación e interesando la confirmación de la sentencia de instancia.

QUINTO

Admitida dicha apelación en ambos efectos y remitidos los autos a la Audiencia Provincial, previo reparto, correspondieron a esta Sección Tercera, en donde se formó el Rollo de Apelación Civil ya referido.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La representación procesal de Industrial Marmolera de Navarra S. L. (INDUMAR), interpuso demanda frente a la concursada Azcona-Villanueva S.L. y frente a su Administración Concursal en súplica de que se reconozca y declare como crédito contra la masa el crédito que por importe de 11.627,79 euros Industrial Marmolera de Navarra S.L. tiene reconocido frente a la concursada, en base a...

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