SAP Pontevedra 155/2012, 27 de Abril de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución155/2012
Fecha27 Abril 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

PONTEVEDRA

SENTENCIA: 00155/2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2 de PONTEVEDRA

Domicilio: ROSALIA DE CASTRO NÚM. 5

Telf: 986.80.51.19

Fax: 986.80.51.14

Modelo: 213100

N.I.G.: 36038 43 2 2011 0001461

ROLLO: APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000382 /2012

Juzgado procedencia: XDO. DO PENAL N. 1 de PONTEVEDRA

Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000285 /2011 RECURRENTE: Eulogio

Procurador/a: ISABEL PARAMO FERNANDEZ

Letrado/a: JOSE-PABLO GALVAN CARBALLO

RECURRIDO/A: MINISTERIO FISCAL FISCAL

Procurador/a:

Letrado/a:

SENTENCIA Nº 155 ============================================================== ILMO/AS SR./SRAS

Presidenta:

DÑA. ROSA DEL CARMEN COLLAZO LUGO

Magistrada/a

DÑA. ROSARIO CIMADEVILA CEA

D. LUIS CARLOS REY SANFIZ

============================================================== En PONTEVEDRA, a veintisiete de Abril de dos mil doce. VISTO, por esta Sección 002 de esta Audiencia Provincial en la causa arriba referenciada, el recurso de apelación interpuesto por el Procurador ISABEL PARAMO FERNANDEZ, en representación de Eulogio

, contra Sentencia dictada en el procedimiento PA : 0000285 /2011 del JDO. DE LO PENAL nº: 001 ; habiendo sido parte en él, como apelante el mencionado recurrente, como apelado el Ministerio Fiscal, en la representación que le es propia, actuando como Ponente la Magistrada Ilma. Sra. ROSA DEL CARMEN COLLAZO LUGO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el procedimiento de referencia se dictó Sentencia con fecha veintiocho de Febrero de dos mil doce, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "ÚNICO.- Probado y así se declara que en la madrugada del día uno de febrero de 2011, el acusado Eulogio, mayor de edad, sin antecedentes penales, de nacionalidad senegalesa y en situación irregular en España, conducía el vehículo matrícula X-....-OX por la Avenida de Compostela de Pontevedra, lugar donde sufrió un percance de tráfico.

A requerimiento de Agentes de la Policía Local, el acusado les mostró un permiso de conducir a su nombre aparentemente expedido por la República de Senegal, pero que resultó ser falso, permiso que fue elaborado por el acusado o por otra persona a petición del primero, y conociendo por tanto Eulogio que el permiso de conducir que exhibió a los Agentes no era auténtico".

Y como Hechos Probados expresamente se recogen los de la sentencia apelada: Que debo condenar y CONDE NO a D. Eulogio, como autor criminalmente responsable de un delito de uso de documento de identidad falso, a las penas de SEIS MESES DE PRISIÓN, con la pena de accesoria de INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO DE SUFRAGIO PASIVO durante el tiempo de la condena, así como a la pena de TRES MESES DE MULTA a razón de una cuota diaria de TRES EUROS, haciendo un total de DOSCIENTOS SETENTA EUROS, con la responsabilidad personal subsidiaria, en caso de impago, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias de multa no satisfechas, todo ello con imposición de la mitad de las costas procesales.

Se acuerda la SUSTITUCIÓN de la pena de prisión por la EXPULSIÓN del territorio nacional, con prohibición de regreso durante el plazo de CINCO AÑOS.

Que debo condenar absolver y absuelvo a D. Eulogio del delito contra la seguridad vial en su modalidad de conducción sin permiso que venía siendo acusado, con declaración de oficio de la otra mitad de las costas del proceso.".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, por la representación procesal del hoy recurrente, se interpuso recurso de apelación que...

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1 sentencias
  • SAP A Coruña 119/2013, 28 de Febrero de 2013
    • España
    • 28 Febrero 2013
    ...por la sentencia de instancia, ello no resulta muy lógico, pues, como afirmaba en un supuesto similar la sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra, del 27 de Abril de 2012, el documento falso solo puede beneficiar al acusado; ningún sentido tendría que alguien se tomara el trabajo ......

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