SAP Valencia 264/2012, 12 de Abril de 2012

PonenteMARIA REGINA MARRADES GOMEZ
ECLIES:APV:2012:1439
Número de Recurso136/2012
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución264/2012
Fecha de Resolución12 de Abril de 2012
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 3ª

x AUDIENCIA PROVINCIAL

VALENCIA

----SECCION TERCERA

Rollo Apel. Penal nº136/2.012

Procedimiento Abreviado nº 545/2.011

Juzgado de lo Penal número nº15 de Valencia-Alzira

Juzgado de Instrucción nº 3 de Xátiva

P.A. nº 2/2011,Diligencias Previas nº 938/2010

SENTENCIA

Nº 264 -2.012

Ilmas. Señorías:

PRESIDENTE: Doña LUCIA SANZ DIAZ

MAGISTRADO: Don LAMBERTO J RODRIGUEZ MARTINEZ

MAGISTRADA: Doña REGINA MARRADES GOMEZ

En la ciudad de Valencia, a doce de abril de dos mil doce.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por las Ilmas. Señorías antes reseñadas, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia, de fecha 24 de febrero de 2.012, dictada por el Juzgado de lo Penal número 15 de los de Valencia-Alzira, seguido en el expresado Juzgado con número 545/2.011, que a su vez dimana de Procedimiento Abreviado nº 2/2011, Diligencias Previas nº 938/2010, seguido en el Juzgado de Instrucción número 3 de Xátiva, por delito contra la ordenación del territorio.

Han sido partes en el recurso, como apelante, el Ministerio Fiscal representado por la Ilma. Sra. Dª Mónica Castellano Osorio, y como apelado, Martina, representada por el Procurador de los Tribunales Dª Tatiana Descals Vidal y bajo la dirección letrada de Dª Carmen Frances Pla, siendo Ponente la Magistrada Dª REGINA MARRADES GOMEZ, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida declaró probados los hechos siguientes: " Resulta probado y así se declara que Martina, propietaria de las parcelas NUM000 y NUM001 del polígono NUM002, con una superficie de 1.836 m2, en la Partida Redonda, sita en el término municipal de La Font de la Figuera, en el año 2008 o 2009 aproximadamente,promovió la construcción de una edificación de 50 m2 de planta baja y un porche de 16 m2, cuyo uso no se encuentra determinado, conociendo que carecía de la oportuna licencia de obras municipal, ya que la parcela estaba situada en terreno clasificado como No Urbanizable Común de Uso Agrícola Intensivo.

Dicha edificación es legalizable conforme a la modificación de las Normas Subsidiarias de Planamiento Urbanístico de La Font de La Figuera efectuada el 30-3-2011, en concreto el art 64 de la Ordenanza, mediante la adquisición de 10.000 m2, estando Martina en negociaciones para la adquisición de parcelas colindantes.

En fecha 29 de junio de 2010, se dictó auto acordando la incoación de Diligencias Previas."

SEGUNDO

El fallo de dicha sentencia apelada literalmente dice: " Que debo de absolver y absuelvo a Martina, del delito contra la ordenación del territorio del art. 319. 2 del Código Penal por el que se le venia acusando en el presente procedimiento, declarando de oficio las costas procesales."

TERCERO

Notificada dicha sentencia a las partes, por el Ministerio Fiscal, se interpuso contra la misma recurso de apelación ante el órgano judicial que la dictó, en el que sustancialmente alegó infracción de precepto legal.

CUARTO

Formalizado el recurso de apelación ante el Juez de lo Penal, dió éste traslado a las demás partes por un plazo común de diez días. Transcurrido dicho plazo, y fijado el domicilio para notificaciones, fueron elevados a esta Audiencia Provincial los autos originales con todos los escritos presentados. Recibidos los autos, al no haber sido solicitada la práctica de prueba, la Sala consideró que para una correcta formación de opinión fundada no era necesaria la celebración de la vista, señalandose para estudio y deliberación el dia 12 de abril de 2.012, en que tuvo lugar y hora de las 12,00.

QUINTO

En la sustanciación de este juicio se han observado en ambas instancias las prescripciones legales.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan los hechos probados de la sentencia apelada, que han quedado anteriormente transcritos.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Los motivos de recurso de apelación, alegados por el Ministerio Fiscal apelante, son, infracción de precepto legal.

Entiende el Ministerio fiscal que existe error en la aplicación e interpretación de la norma juridica penal, al entender la juzgadora que no concurriendo el requisito de edificación no autorizable, resulta procedente la absolución de la acusada.

Mantiene el Ministerio fiscal que, la edificación efectuada por la acusada, de conformidad con lo establecido en la normativa urbanistica aplicable, fue efectuada en suelo no urbanizable, según calificación de las normas urbanisticas del Plan General de Ordenación urbana de la La Font de la Figuera, dicha edificación se llevó a cabo entre los años 2008 y 2009, sin licencia de obras y en unas parcelas, la nº NUM000 y NUM001 del poligono NUM002 en la partida Redonda, que abarca una superficie de 1.836 metros cuadrados, ya que, según la jurisprudencia mayoritaria, dicha consideración de no autorizable...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Valencia 510/2016, 28 de Julio de 2016
    • España
    • July 28, 2016
    ...de la Audiencia Provincial de ValenciaSección 2ª de fecha 30-09-2010, rec. 261/2010, y la sentencia de esta Audiencia Provincial de ValenciaSección 3ª de fecha 12-04-2012, nº 264/2012 . Se insiste también en el recurso en la atipicidad del supuesto enjuiciado por inexistencia de afectación ......
2 artículos doctrinales
  • Jurisprudencia general: Derecho penal
    • España
    • Revista Catalana de Dret Ambiental Núm. 2-2012, Julio 2012
    • July 1, 2012
    ...la posibilidad de referir el carácter autorizable a una posible legalización futura. Pues bien, la Sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia (Sección 3.ª) núm. 264/2012, de 12 de abril, no puede ser más clara al respecto: "autorizable es lo que es susceptible de ser autorizado, cuest......
  • Objeto material y conducta típica en los delitos contenidos en el artículo 319 del Código Penal
    • España
    • Urbanismo y corrupción política (Una visión penal, civil y administrativa) Delitos sobre la ordenación del territorio y el urbanismo
    • November 1, 2013
    ...F. J., Los delitos… cit., pág.1192. [127] QUERALT JIMÉNEZ, J. J., Derecho… cit., pág. 1095. [128] Sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia 264/2012, de 12 de abril [JUR [129] GRUPO DE ESTUDIOS DE POLÍTICA CRIMINAL, Una regulación… cit., pág. 30. [130] VILLACAMPA ESTIARTE, C., «Delit......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR