SAP Valladolid 173/2012, 17 de Mayo de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha17 Mayo 2012
Número de resolución173/2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

VALLADOLID

SENTENCIA: 00173/2012

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) Nº 650/ 2011 S E N T E N C I A Nº 173

Ilmo. Sr. Presidente:

D. JOSE JAIME SANZ CID

Ilmos. Sr. Magistrados:

D. MIGUEL ANGEL SENDINO ARENAS

D. ANGEL MUÑIZ DELGADO

En Valladolid a diecisiete de Mayo de dos mil doce.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 003, de la Audiencia Provincial de VALLADOLID, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000876 /2010, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 4 de VALLADOLID, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000650 /2011, en los que aparece como parte apelante, Dª. Rafaela, representada por el Procurador de los tribunales,

D. PEDRO DE LA FUENTE GARCIA y asistida por la Letrada Dª. ANA ASENJO VICENTE, y D. Juan, representado por la Procuradora Dª. PILAR MANZANO SALCEDO y asistido por el Letrado D. JAVIER GARCIA AGUILERA, y como parte apelada, RESIDENCIAL EL PARAMO DE VILLANUBLA, S.L., representada por la Procuradora Dª. SONIA RIVAS FARPON y asistida por el Letrado D. EDUARDO NIETO JIMENEZ y Dª. Enriqueta y D. Carlos Ramón, los cuales no han comparecido en el presente recurso, sobre reclamación de cantidad, siendo el Magistrado Ponente el Ilmo. D. JOSE JAIME SANZ CID.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

SEGUNDO

Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 6 de Mayo de 2011, se dictó sentencia cuyo fallo dice así: "Que estimando íntegramente la demanda presentada por el Procurador DOÑA SONIA RIVAS FARPON, en nombre y representación de RESIDENCIAL EL PÁRAMO DE VILLANUBLA S.L. contra DOÑA Rafaela, DON Carlos Ramón, DOÑA Enriqueta y DON Juan, en rebeldía en esta causa, se condena a ala parte demandada al pago de la suma de (38.005,76 #), más los intereses legales desde el emplazamiento, así como al pago de las costas causadas en esta instancia."

TERCERO

Notificada a las partes la referida sentencia, por los demandados Dª. Rafaela y D. Juan se preparó recurso de apelación que fue interpuesto dentro del término legal alegando lo que estimaron oportuno. Por la actora se presentó escrito de oposición al recurso. Remitidos los autos de juicio a este tribunal se señaló para la deliberación y votación el pasado día ocho, en que ha tenido lugar lo acordado. ÚLTIMO.- En la tramitación del presente procedimiento se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Solicita la apelante nulidad de actuaciones porque no ha tenido conocimiento de la interposición de la demanda al no haberse hecho averiguaciones sobre su paradero:

Folio 30, Diligencia negativa. 17 junio. CALLE000 . No vive nadie. Es el domicilio que constaba en el contrato.

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