SAP Baleares 303/2012, 19 de Junio de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución303/2012
Fecha19 Junio 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

PALMA DE MALLORCA

SENTENCIA: 00303/2012

Rollo nº 594/11

Autos nº 1583/11

SENTENCIA Núm. 303/12

ILMO SRS.

PRESIDENTE:

D. Miguel Ángel Aguiló Monjo

MAGISTRADOS:

D. Miguel Álvaro Artola Fernández

Dª. Juana María Gelabert Ferragut

Palma de Mallorca, a diecinueve de junio de dos mil doce.

Vistos, en grado apelación, los presentes autos juicio verbal, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Manacor, bajo el nº 1.583/2011, Rollo de Sala nº 594/2011, entre partes, de una como parte demandada-apelante, Dª. Camila y Dª. Estefanía, representada por el Procurador Dª. Mª José Andreu Mulet, y de otra, como actora-apelada, D. Fermín, no comparecida en esta alzada, asistida la primera de su letrado D. Juan Andreu Pujol.

ES PONENTE el Ilmo. Sr. Magistrado D. Miguel Álvaro Artola Fernández.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por Ilmo. Sr. Magistrado del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Manacor en fecha 27 de julio de 2011, se dictó sentencia, cuyo fallo dice: " ESTIMO la demanda interpuesta por Fermín contra Camila Y Estefanía y, en consecuencia, declaro haber lugar al desahucio por precario de las mismas respecto los aparcamientos números NUM000, NUM001, NUM002, NUM003 y NUM004, del EDIFICIO000

, sito en la EDIFICIO000, núm. NUM005 de Cala Ratjada, condenando a las demandadas a desalojar tales inmuebles firme que sea esta sentencia, dejándolos libres y expeditos a disposición del demandante, apercibiéndolas de lanzamiento en caso contrario, que tendrá lugar en el plazo legal.- Las costas de este procedimiento se imponen a Camila y Estefanía ".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la parte demandada y seguido el recurso por sus trámites por la parte actora se presentó el correspondiente escrito de oposición, elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial, que quedaron conclusas para sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada en lo que no se opongan a los que siguen.

PRIMERO

En la demanda inicial de este procedimiento, instado por D. Fermín contra Dª. Estefanía y Dª. Camila, se solicitaba que se declarara haber lugar al desahucio por precario y se condenara a las demandadas al desalojo y poner a disposición de la parte demandante los inmuebles litigiosos situados en la Zona III de la Planta NUM006, identificados con los números NUM000, NUM001, NUM002, NUM003

, NUM004, del plano del Edificio denominado EDIFICIO000, sito en Cala Rajada, AVENIDA000, nº NUM005 .

SEGUNDO

La sentencia de instancia analiza la naturaleza de la acción ejercitada (desahucio por precario, tramitado por los cauces del juicio verbal) y, correctamente, entiende que la cuestión debe resolverse en atención a los títulos aportados por las partes en el marco del presente procedimiento en demostración de los hechos en los que sustentan sus respectivas pretensiones, dejando de lado cuestiones jurídicas...

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