SAP Baleares 313/2012, 27 de Junio de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución313/2012
Fecha27 Junio 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

PALMA DE MALLORCA

SENTENCIA: 00313/2012

Rollo nº 14/11

Autos nº 134/10

SENTENCIA NUM. 313/12313/11

ILMO SRS.

PRESIDENTE:

D. Miguel Ángel Aguiló Monjo

MAGISTRADOS:

D. Miguel Álvaro Artola Fernández

Dª. Juana María Gelabert Ferragut

Palma de Mallorca, a veintisiete de junio de dos mil doce.

Vistos, en grado apelación, los presentes autos juicio cambiario, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Ciutadella, bajo el nº 134/2010, Rollo de Sala nº 14/2011, entre partes, de una como parte actora-apelante, "Gasoil Menorca, S. L.", representada por el Procurador Dª. Mª. Monserrat Montané Ponce, y de otra, como demandada-apelada, "Forfet Menorca, S. L." representada por el Procurador Dª. Maribel Juan Danús, asistidas ambas de sus respectivos letrados D. Antonio Montaner Fernández y D. David Dualde Balsach.

ES PONENTE el Ilmo. Sr. Magistrado D. Miguel Ángel Aguiló Monjo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por Ilmo. Sr. Magistrado del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Ciutadella en fecha 4 de octubre de 2010, se dictó sentencia, cuyo fallo dice: "Que debo estimar y estimo la oposición formulada por FORFET MENORCA S.L., representada por la Procuradora Sra. Lorente y asistida del Letrado Sr. Dualde, y en consecuencia la absuelvo de las pretensiones formuladas en su contra, con expresa condena en costas a GASOIL ME NO RCA, S.L., representada por el Procurador Sr. Squella y asistida del Letrado Sr. Montaner".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la parte actora y seguido el recurso por sus trámites por la parte demandada se presentó el correspondiente escrito de oposición, elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial, que quedaron conclusas para sentencia, previa suspensión del procedimiento acordada por las partes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada en lo que no se opongan a los que siguen.

PRIMERO

Estima la sentencia apelada la oposición al juicio cambiario iniciado por la entidad "Gasoil Menorca, S. L." contra "Forfet Menorca, S. L." y, consiguientemente, absuelve a esta última de todas las pretensiones agitadas contra ella, acogiendo la denominada "exceptio doli", al considerar que la tenencia del pagaré ejecutado se hizo dolosamente, a sabiendas y en perjuicio del deudor.

Frente a dicha decisión se argumenta en el recurso que no se dan los requisitos de la "exceptio doli", por cuanto, básicamente: A) Ninguna excepción causal podría oponer "Forfet Menorca, S. L." contra el tenedor inicial del primitivo pagaré, "Construcciones Guarino Camacho, S. L."; y B) El pagaré renovado que se ejecuta tiene como intervinientes en el título las mismas personas jurídicas que ahora son partes en el presente procedimiento, de modo que no existe "tercer" tenedor que pueda haber actuado dolosamente.

SEGUNDO

La argumentación que se ofrece en el recurso se considera subjetiva y partidaria, pues obvia todo el complejo entramado societario que la sentencia de instancia tiene en cuenta para la decisión de la controversia y, en...

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