AAP Barcelona 167/2008, 30 de Octubre de 2008
Ponente | ROSA MARIA AGULLO BERENGUER |
ECLI | ES:APB:2008:6517A |
Número de Recurso | 30/2008 |
Número de Resolución | 167/2008 |
Fecha de Resolución | 30 de Octubre de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 14ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCION CATORCE
ROLLO 30/2008 A
A U T O Nº 167/08
ILMOS. SRES.:
PRESIDENTE
D. FRANCISCO JAVIER PEREDA GÁMEZ
MAGISTRADOS
Dª Mª CARMEN VIDAL MARTINEZ
Dª ROSA Mª AGULLÓ BERENGUER
En Barcelona, a treinta de octubre de dos mil ocho.
Se aceptan los Antecedentes de hecho del Auto dictado el 22/10/2007 por el Iltmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado Primera Instancia 6 Barcelona, en autos de Ejecución de títulos no judiciales núm. 608/2007 promovidos por BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO, SA contra Carla, siendo la parte dispositiva del auto apelado del tenor literal siguiente : "Desestimar la oposición formulada por el Procurador D. Jordi Bassedas Ballús, en nombre y representación de la ejecutada Doña Carla, y declarar procedente que siga adelante la ejecución a instancia en su contra por Banco Santander Central Hispano S.A. representada por el Procurador D. David Elies Vivancos, con expresa imposición a la ejecutada de las costas causadas por este incidente de oposición".
Interpuesto recurso de apelación contra el anterior auto por Carla, se admitió el mismo siendo elevados los autos originales a esta Audiencia, y seguidos los demás trámite procesales, tuvo lugar la deliberación de la presente apelación el día 16 de octubre 2008. En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO siendo Ponente la Iltrma. Sra. Dª. ROSA Mª AGULLÓ BERENGUER Magistrada de esta Sección Catorce.
En la demanda ejecutiva se reclama el importe del préstamo no reintegrado por la demandada, que le fue concedido para la adquisición de un automóvil. En dicho contrato se estableció expresa y claramente que el dinero objeto de préstamo se entregaría directamente a la concesionaria de automóviles, quedando la demandada, compradora del vehículo obligada a devolver el préstamo en las condiciones estipuladas. Pues bien, ante esta demanda se opuso la prestataria alegando falta de legitimación pasiva y pluspetición, bajo el argumento que ella no percibió de la entidad bancaria dinero alguno y que además, procedió a devolver el vehículo (argumento de esta segunda instancia) al concesionario, porque, al parecer, no acababan de ponerlo a nombre de la demandada.
La...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
AAP Barcelona 170/2011, 1 de Septiembre de 2011
...AAP, Madrid, Civil sección 10 del 11 de Noviembre del 2010 (ROJ: AAP M 16083/2010) i AAP, Civil sección 14 del 30 de Octubre del 2008 (ROJ: AAP B 6517/2008, per un cas similar, de pagament a una concessionària d'automòbils del preu de la compra) i només ho admet AAP, Jaén, Civil sección 2 d......