AAP Cádiz 96/2008, 19 de Septiembre de 2008

JurisdicciónEspaña
Número de resolución96/2008
Fecha19 Septiembre 2008

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CADIZ

SECCION Nº 8 EN JEREZ DE LA FTRA.

N.I.G. 1101237C20088000201

Nº Procedimiento:Recurso de Apelación Civil 169/2008

Asunto: 702/2008

Autos de: EJEC.TITULOS NO JUDICIALES (N) 1401/2007

Juzgado de origen: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº3 DE JEREZ DE LA FRONTERA (ANTIGUO MIXTO Nº7)

Negociado:C

Apelante: Pedro

Procurador: ANTONIO M. CASTRO MARTIN

Abogado: JUAN PEDRO COSANO ALARCON

Apelado: BANCO DE ANDALUCÍA, S.A.

Procurador: RAFAEL MARÍN BENÍTEZ

Abogado: ISMAEL PÉREZ RIOS

A U T O nº 96/2008

Iltmos. Sres.:

PRESIDENTE:

D.IGNACIO RODRIGUEZ BERMUDEZ DE CASTRO

MAGISTRADOS:

Dña. CARMEN GONZALEZ CASTRILLON

D. BLAS RAFAEL LOPE VEGA

En Jerez de la Frontera, a diecinueve de septiembre de dos mil ocho.

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- Con fecha 16 de enero de 2008 el juzgado a quo dictó auto desestimando la oposición formulada por el procurador Sr. Castro Martín en nombre y representación de D. Pedro a la ejecución despachada, declarando procedente continuar la ejecución por la cantidad despachada, con expresa imposición de las costas procesales a la parte ejecutada. Notificada dicha resolución a las partes, por la representación procesal del coejecutado Pedro se interpuso recurso de apelación, del cual se dio traslado a la parte contraria que lo impugnó. Emplazadas las partes ante este Tribunal, fueron remitidas las actuaciones al mismo. Registrados bajo el nº de rollo 169/08, han quedado pendientes de deliberación, votación y decisión. Ha sido designada ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª CARMEN GONZALEZ CASTRILLON, quien expresa el criterio del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte apelante insiste en la alzada en que el Sr. Pedro ha sido demandado en ejecución en su condición de avalista solidario de las obligaciones asumidas por Imporauto Hermoso S.L., no constando en la póliza de crédito, en el lugar previsto para la firma de los intervinientes, firma alguna en el espacio reservado para "el fiador". Por consiguiente, sostiene que es claro que el Sr. Pedro no tiene la condición de fiador solidario y por tanto, no peude ser llamdo y traido al proceso en esa condición.

Del examen del título cuya ejecución se pretende advertimos que en el apartado "intervinientes" se hace constar el nombre y apellidos de éstos, con indicación de la condición en que lo hacen, así Importauto Hermoso S.L. interviene en calidad de titular de la...

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