SAP Valladolid 293/2012, 20 de Junio de 2012

PonenteMARIA TERESA GONZALEZ CUARTERO
ECLIES:APVA:2012:1013
Número de Recurso591/2012
ProcedimientoAPELACION JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución293/2012
Fecha de Resolución20 de Junio de 2012
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

VALLADOLID

SENTENCIA: 00293/2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4 de VALLADOLID

Modelo: N54550

N.I.G.: 47186 43 2 2011 0218100

ROLLO: APELACION JUICIO DE FALTAS 0000591 /2012

Juzgado procedencia: JDO. INSTRUCCION N. 2 de VALLADOLID

Procedimiento de origen: JUICIO DE FALTAS 0000013 /2012

RECURRENTE: Modesto

Procurador/a: IÑIGO RAFAEL LLANOS GONZALEZ

Letrado/a: DIEGO GARCIA-QUINTANA LORENTE

RECURRIDO/A: MINISTERIO FISCAL, Piedad

Procurador/a:,

Letrado/a:,

SENTENCIA Nº 293/12

Ilmo./a. Sr./a MAGISTRADO D/Dña.

MARIA TERESA GONZALEZ CUARTERO

En VALLADOLID, a veinte de Junio de dos mil doce.

La Sala 4 de la Audiencia Provincial de VALLADOLID ha visto en grado de apelación, sin celebración de vista pública, el presente procedimiento penal del Juicio de Faltas de referencia, siendo las partes en esta instancia como apelante Modesto, y como apelados, Piedad y EL MINISTERIO FISCAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juez de JDO. INSTRUCCION nº 2 de VALLADOLID, con fecha dictó sentencia en el Juicio inmediato de Faltas del que dimana este recurso, en la que se declararon como hechos probados los siguientes:

"Único.- Modesto y Modesto se encontraban en trámites de separación matrimonial, habiendo recaído sentencia de divorcio con fecha 29 de marzo de 2011. El día 19 de abril de 2011, aún no firme la sentencia, Modesto formuló denuncia contra Dña. Piedad porque cuando fue al domicilio conyugal no pudo entrar porque su mujer había cambiado la cerradura de la puerta".

SEGUNDO

La expresada sentencia en su parte dispositiva dice así: "Absolver a Piedad, de la falta que le venía siendo atribuida, con declaración de las costas de oficio". TERCERO.- Notificada la mencionada sentencia, contra la misma se formalizó recurso de apelación por Modesto, que fue admitido en ambos efectos y, practicadas las diligencias oportunas, las diligencias fueron elevadas a este órgano judicial, donde se registraron, se formó rollo de apelación.

No estimándose necesaria la celebración de vista, quedaron los autos vistos para sentencia. HECHOS PROBADOS

Se aceptan, en lo sustancial, los hechos que se declararon probados en la sentencia de instancia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
  1. - Como correctamente se considera a quo, resulta acreditado que, el 29.3.11, había recaído sentencia de divorcio atribuyendo a la denunciada el uso y disfrute del domicilio que fuera conyugal, y...

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