SAP Girona 240/2012, 5 de Junio de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución240/2012
EmisorAudiencia Provincial de Gerona, seccion 1 (civil)
Fecha05 Junio 2012

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION PRIMERA

GIRONA

APELACION CIVIL

Rollo nº: 596/2011

Autos: juicio verbal (desahucio por falta de pago) nº: 1055/2010

Juzgado Primera Instancia 2 Sant Feliu de Guíxols

SENTENCIA Nº 240/12

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

Don Fernando Lacaba Sánchez

MAGISTRADOS

Doña Maria Isabel Soler Navarro

Don Fernando Ferrero Hidalgo

En Girona, cinco de junio de dos mil doce

VISTO, ante esta Sala el Rollo de apelación nº 596/2011, en el que ha sido parte apelante D. Alexander

, representada esta por la Procuradora Dña. ROSA MARIA TRIOLA VILA, y dirigida por el Letrado D. RAMON FERRER BAYOD; y como parte apelada D. Enrique, representada por el Procurador D. JOAQUIM SENDRA BLANXART, y dirigida por la Letrada Dña. NÚRIA RODRIGUEZ OLIVÉ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado Primera Instancia 2 Sant Feliu de Guíxols, en los autos nº 1055/2010, seguidos a instancias de D. Enrique, representado por la Procuradora Dña. CARME HELLER WOERNER y bajo la dirección de la Letrada Dña. NÚRIA RODRIGUEZ OLIVÉ, contra D. Alexander, representado por la Procuradora Dña. NÚRIA RUFÍ PADRÓS, bajo la dirección del Letrado D. RAMON FERRER BAYOD, se dictó sentencia cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: " FALLO : ESTIMO la demanda formulada por Dña. Carmen Heller Woerner, Procuradora de los Tribunales, en nombre y representación de D. Enrique

, contra D. Alexander, y, en consecuencia, DECLARO haber lugar al desahucio solicitado y condeno al demandado a estar y pasar por esta resolución y a dejar libre, vácua y expedita la vivienda sito en la calle DIRECCION000, nº NUM000, de la localidad de Calonge en el término legal, con apercibimiento de que si no lo hiciere en el referido término será lanzada de ella y a su costa, fijándose como fecha de lanzamiento, en caso de no entrega previa de la vivienda, la del 7 de septiembre de 2011 a las 10:00 horas.

Se imponen las costas a la parte demandada. Esta sentencia no requerirá para su ejecución la presentación de demanda ejecutiva. Se requiere al propietario de la vivienda que informe al Tribunal sobre una entrega de llaves previa a la diligencia de lanzamiento señalada".

SEGUNDO

La relacionada sentencia de fecha 14/7/11, se recurrió en apelación por la parte demandada, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia y se han seguido los demás trámites establecidos en la LEC.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Fernando Ferrero Hidalgo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia recurrida.

SEGUNDO

Se interpuso recurso de apelación por D. Alexander, contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Sant Feliu de Guíxols de fecha 14 de julio del 2011, en la que se estimó la demanda interpuesta por D. Enrique contra dicho recurrente y en la que en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR