SAP Valladolid 230/2012, 18 de Junio de 2012
Jurisdicción | España |
Fecha | 18 Junio 2012 |
Número de resolución | 230/2012 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
VALLADOLID
SENTENCIA: 00230/2012
AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID
SECCIÓN 2ª
Rollo: 0000462 /2012
Órgano procedencia: JDO. INSTRUCCION nº 004 de VALLADOLID
Procedimiento de origen: JUICIO DE FALTAS 0000090 /2012
SENTENCIA Nº 230/2012
En VALLADOLID a dieciocho de Junio de dos mil doce.
EL Ilmo. D. Fernando Pizarro García, magistrado de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valladolid, ha visto en grado de apelación, sin celebración de vista pública, el presente procedimiento penal de Juicio de Faltas, seguido contra doña Lidia, siendo partes en esta instancia, como apelante, la referida acusada y, como apelados, el Ministerio Fiscal y doña Penélope
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- El Juez de Instrucción núm. Cuatro de Valladolid, con fecha 6 de marzo de 2012 dictó sentencia en el Juicio de Faltas de que dimana este recurso, resolución en la que se declararon como hechos probados los siguientes:
PROBADO Y ASI SE DECLARA, que sobre las 21 horas del día 4 de diciembre de 2.011, en el Paseo del Cauce de esta capital, Lidia exigió a Penélope, menor de edad, que dejara en paz a un amigo, a quien estaba reclamando de la devolución de unos cascos, iniciándose entre ambas una discusión a la que siguió un forcejeo que provocó que cayeran al suelo donde aquella mordió a esta a la altura de la boca, ocasionándola lesiones consistentes en herida por mordedura en comisura bucal derecha, erosiones en cuello y rodilla derecha y ansiedad, de las que tardó en curar 14 días, durante 7 de los cuales permaneció impedida para sus ocupaciones habituales, restándole como secuela una cicatriz circular de 3,5 centímetros en la cara, en región de mejilla derecha.
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- La expresada sentencia en su parte dispositiva dice así:
"QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO A Lidia, como autor criminalmente responsable de la falta de lesiones, ya definida, sin que concurran circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de multa de treinta días, a razón de una cuota diaria de 6 euros, lo que hace un total de 180 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de no satisfacer la multa, voluntariamente o por vía de apremio, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, a indemnizar a Penélope, en la persona de su representante legal y en concepto de responsabilidad civil, en la cantidad 781 euros, y al pago de las costas...
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