SAP A Coruña 116/2012, 21 de Junio de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución116/2012
Fecha21 Junio 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

A CORUÑA

SENTENCIA: 00116/2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2 de A CORUÑA

- Domicilio: RÚA CAPITÁN JUAN VARELA S/N

Telf: 981 18 20 74/75/36

Fax: 981 18 20 73

Modelo: N54550

N.I.G.: 15030 43 2 2007 0009825

ROLLO: APELACION JUICIO DE FALTAS 0000695 /2012 -Pg

Juzgado procedencia: XDO. INSTRUCION N. 3 de A CORUÑA

Procedimiento de origen: JUICIO DE FALTAS 0000454 /2010

RECURRENTE: Ascension

Procurador/a: JOSÉ MARTÍN GUIMARAENS MARTÍNEZ

Letrado/a: GUILLERMO GARRIDO COLLAZO

RECURRIDO/A: Camino, AGENTE Nº NUM000

Procurador/a:

Letrado/a: Sr.VARELA-GARCIA VEIGA

SENTENCIA Nº116

En A Coruña, a veintiuno de junio de dos mil doce.

El Ilmo Magistrado DON LUIS BARRIENTOS MONGE, como Tribunal Unipersonal de la SECCIÓN SEGUNDA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA,

En nombre de S.M. el Rey

Ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción nº 3 de A Coruña, en el Juicio de Faltas Nº 454/10, seguido por falta de amenazas, siendo parte apelante la denunciante Ascension representado por procurador Sr. Guimaraens Martínez y defendido por Letrado Sr. Garrido Collazo, como apelados los denunciados Camino y el agente nº NUM000, asistidos ambos del Letrado Sr. Varela- García Veiga; con intervención del MINISTERIO FISCAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que por el Juzgado de Instrucción anteriormente citado, se ha dictado sentencia en fecha 23-11-11 :" FALLO : Que debo absolver y absuelvo a Dña. Camino y al agente con número profesional NUM000 de la falta que les venía siendo imputada en las presentes actuaciones, declarando de oficio las costas causadas.".

SEGUNDO

Que notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma recurso de Apelación por las denunciante Ascension que fue admitido a trámite en ambos efectos y conferidos por el Instructor los traslados a las restantes partes, tal como establece el artículo 795.4º, de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y una vez trascurridos los plazos establecidos, se elevaron las actuaciones a la oficina de registro y reparto de la Audiencia Provincial, correspondiendo por reparto a esta Sección Segunda el presente recurso, que fue registrado como Rollo (RJ) Nº 695/12 .

TERCERO

En la sustanciación del presente recurso se han observado y cumplido las prescripciones legales.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan los hechos declarados probados de la sentencia recurrida, que aquí se dan por reproducidos en aras de la brevedad.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La denunciante, a través del presente recurso de apelación, pretende que sea declarada la nulidad de actuaciones, por la inadmisión de pruebas que había interesado, consistente en sendos oficios a la Policía Local de Culleredo, así como a la entidad AENA, para que...

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