SAP A Coruña 20/2012, 13 de Abril de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha13 Abril 2012
Número de resolución20/2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 6

A CORUÑA

SENTENCIA: 00020/2012

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN Nº 006

A CORUÑA

Rollo : 0000001 /2012

Proc. Origen: DPA 376/2003

Órgano Procedencia: JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 4 DE SANTIAGO DE COMPOSTELA.

SENTENCIA Nº 20/2012

ILMOS.SRES.MAGISTRADOS:

ANGEL PANTIN REIGADA

LEONOR CASTRO CALVO

JOSÉ RAMÓN SANCHEZ HERRERO

En Santiago de Compostela, a 13 de abril de 2012.

Visto por la Sección Sexta de la Ilma. Audiencia Provincial de A Coruña con sede en Santiago, integrada por DON ANGEL PANTIN REIGADA, Presidente, DON JOSÉ RAMÓN SANCHEZ HERRERO y DOÑA LEONOR CASTRO CALVO, Magistrados, en Juicio Oral y Público el Procedimiento Abreviado número 1/2012, dimanante del Procedimiento Abreviado número 1/2007, antes Diligencias Previas nº 376/2003 del Juzgado de Instrucción nº 4 de Santiago, seguido por delito de estafa contra DON Teofilo, mayor de edad, de nacionalidad española, con DNI NUM000, representado por la Procuradora Sra. RAQUEL CEI NO S; siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal y siendo Ponente el Presidente DON ANGEL PANTIN REIGADA, quien expresa el parecer de la Sala; procede formular los siguientes Antecedentes de Hecho, Fundamentos de Derecho y Fallo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se siguieron en el Juzgado de Instrucción nº 4 de Santiago diligencias previas por delito de estafa contra el referido acusado y frente a los también imputados, luego declarados en rebeldía, DON Amadeo, con DNI NUM001, y DON Ernesto, con DNI NUM002, que fueron transformadas en Procedimiento Penal Abreviado por Auto de 11.1.2007, emitiéndose por el Ministerio Fiscal escrito de calificación provisional en el que se expresaba: años de prisión y multa de 12 mese a razón de 15 euros dia. Por el delito de estafa cometido. 2-por el delito de falsedad la pena 2 años de prisión y multa de 10 meses a razón de 15 euros día, Inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena ( artículos 56 y 44 del Código Penal ) y costas. RESPONSABILIDAD CNIL: Los acusados indemnizará al perjudicado FINANCIAL SERVICES IBERICA cantidad defraudada 59.491 '5, con los intereses legales que corresponda>>.

SEGUNDO

Se dictó por el Juzgado Auto de apertura del juicio oral el 11.5.2011 señalando la Audiencia Provincial como órgano competente. Se formuló escrito de calificación por la defensa del acusado en el que se alegó que los hechos no eran constitutivos del delito que se le imputaba.

TERCERO

Remitidos los autos a esta Sección de la Audiencia Provincial, se dictó auto de 6.2.2012 en el que se convocaba a juicio y se declaraba la pertinencia de la prueba propuesta.

CUARTO

Convocado el juicio para el día de hoy, por...

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