SAP Barcelona 473/2012, 6 de Julio de 2012

PonenteJESUS MARIA BARRIENTOS PACHO
ECLIES:APB:2012:8284
Número de Recurso100/2012
ProcedimientoAPELACIóN PENALES RáPIDOS
Número de Resolución473/2012
Fecha de Resolución 6 de Julio de 2012
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 8ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

Sección Octava

Ponente: Ilmo. Sr. Don Jesús M. Barrientos Pacho

Rollo nº 100/2012R

P.A. nº 414/2011

Juzg. Penal 26 de Barcelona

Los Ilmos. Sres.:

D. Jesús M. Barrientos Pacho

D. CARLOS MIR PUIG

Da. MERCEDES ARMAS GALVE

Dictan la siguiente

S E N T E N C I A nº

En Barcelona, a seis de julio de dos mil doce.

VISTOS, en nombre de S.M. el Rey, ante esta Sección Octava de esta Audiencia Provincial, el rollo de apelación penal número 100/2012R, formado para substanciar el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada el día 27 de enero de 2012 por el Juzgado de lo Penal nº 26 de Barcelona en el Procedimiento Abreviado nº 414/2011, seguido por un delito de robo y/o usurpación posesoria contra Felicisimo y Carolina ; siendo parte apelante el acusado Felicisimo, adherida la también acusada Carolina ; y parte apelada el Ministerio Fiscal.

Ha correspondido la ponencia al Ilmo. Sr. Presidente del Tribunal Don Jesús M. Barrientos Pacho, quien expresa así el criterio unánime del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal nº 26 de Barcelona con fecha 26 de enero de 2012 se dictó sentencia en el Procedimiento Abreviado del margen, en cuya parte dispositiva se disponía que: "Que debo condenar y condeno a Carolina y a Felicisimo, como autores responsables de un delito intentado de usurpación de inmueble, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad penal, a la pena para cada uno de ellos, de tres meses de multa con una cuota diaria de 2 euros y responsabilidad personal subsidiara de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas.

Los penados abonarán las costas de esta instancia por mitad.

SEGUNDO

Notificada dicha resolución contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación del acusado Felicisimo, en cuyo escrito interesó la revocación de la sentencia recurrida y en su lugar se dicte otra por la que sea absuelto del delito por el que ha sido condenado en la instancia. Y una vez admitido a trámite dicho recurso se dio traslado del mismo a las demás partes para que, por el término legal, formulasen las alegaciones que estimasen convenientes a sus respectivos derechos, trámite que fue evacuado con el resultado de haber mostrado su adhesión con el recurso principal la defensa de la acusada Carolina ; siendo finalmente remitida la causa a esta Sección de la Audiencia Provincial, donde, sin más trámite, quedaron los autos para sentencia.

TERCERO

Se admiten y dan expresa e íntegramente por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la sentencia recurrida.

HECHOS PROBADOS

Admitimos y hacemos nuestros en su integridad los declarados como tales en la sentencia recurrida

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se admiten, así mismo, y se dan también por reproducidos en esta alzada los fundamentos de derecho contenidos en aquella resolución.

SEGUNDO

Ataca la sentencia condenatoria la defensa del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR