SAP Madrid 388/2012, 13 de Julio de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 388/2012 |
Fecha | 13 Julio 2012 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 25
MADRID
SENTENCIA: 00388/2012
Fecha: 13 DE JULIO DE 2012
Rollo: RECURSO DE APELACION 833 /2011
Ponente: ILMO. SR. D.JOSÉ Mª GUGLIERI VAZQUEZ
Apelante y demandante: COLEGIO CAMINO REAL, S.R.L.(Representantes D.Alejandro Luis Pino Murillo y D.Manuel Blanco Rodríguez)
PROCURADOR: SIN PROFESIONAL ASIGNADO
Apelados y demandados :D. Joaquín Y Dª Leocadia
PROCURADOR:D.JOSÉ CONSTANTINO CALVO-VILLAMANÁN Y RUIZ
Autos: JUICIO VERBAL Nº 756/2009
Procedencia : JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 8 DE TORREJÓN DE ARDOZ
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. FERNANDO DELGADO RODRIGUEZ
D. JOSÉ MARÍA GUGLIERI VÁZQUEZ
D. CARLOS LÓPEZ MUÑIZ CRIADO
En MADRID, a trece de julio de dos mil doce .
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 25 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de JUICIO VERBAL 756 /2010, procedentes del JUZGADO DE 1A.INSTANCIA N. 8 de TORREJON DE ARDOZ, a los que ha correspondido el Rollo 833 /2011, en los que aparece como parte apelante COLEGIO CAMINO REL, S.R.L. SIN PROFESIONAL ASIGNADO, y como apelado Dª. Leocadia, D. Joaquín representado por el procurador D. JOSE CONSTANTINO CALVO-VILLAMAÑAN RUIZ, sobre reclamación de cantidad, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ MARÍA GUGLIERI VÁZQUEZ .
Que los autos originales núm. 756/2009, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Núm. 8 de los de Torrejón de Ardoz, fueron remitidos a esta Sección Vigesimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en las Normas de Reparto aprobadas por la Sala de Gobierno del Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Que por la Ilma. Sra. Dª. Teresa Rubio Cabrero Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 8 de Torrejón de Ardoz se dictó sentencia con fecha 20 de Mayo de 2010, cuyo FALLO es del tenor literal siguiente: "Que con DESESTIMACION TOTAL de la demanda interpuesta por el COLEGIO CAMINO REAL S.R.L. contra Joaquín y Leocadia, debo ABSOLVER Y ABSUELVO a los demandados de todos los pedimentos de la demanda con expresa imposición de las costas a la parte actora."
Que contra dicha Sentencia se preparó e interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por el Letrado D.Juan José Meneses Toja por la parte demandante,dándole traslado del mismo a la parte demandada quien presentó en tiempo y forma escrito de oposición al recurso entablado; remitiéndose los autos a esta Sección Vigesimoquinta, se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día 11 de Julio del año en curso.
Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
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