SAP Madrid 331/2012, 12 de Junio de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución331/2012
Fecha12 Junio 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 19

MADRID

SENTENCIA: 00331/2012

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 19

1280A

FERRAZ 41

Tfno.: 91 493 3815-16-86-87 Fax: 91 493 38 85

N.I.G. 28000 1 0000763 /2012

RECURSO DE APELACION 45 /2012

Autos: JUICIO VERBAL 846 /2011

JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 61 de MADRID

Apelante/s: Gregoria

Procurador/es: MARIA ISABEL CAMPILLO GARCIA

Apelado/s: Fabio

Procurador/es: ESTEBAN JABARDO MARGARETO SENTENCIA NÚM 331

Ponente: Ilmo. Sr. D. MIGUEL ÁNGEL LOMBARDÍA DEL POZO Ilmos. Sres. Magistrados:

D. NICOLÁS DÍAZ MÉNDEZ

D. RAMÓN RUIZ JIMÉNEZ

D. MIGUEL ÁNGEL LOMBARDÍA DEL POZO

En MADRID a, doce de junio de dos mil doce.

La Sección Decimonovena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres. Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio verbal 846/11, provenientes del Juzgado de Primera Instancia nº 61 de Madrid, que han dado lugar en esta alzada al rollo de Sala 45/12, en el que han sido partes, como apelante Dª Gregoria, que estuvo representada por la Procuradora Sra. Campillo García; y de otra, como apelado D Fabio, representado por el Procurador sr Jabardo Margareto.

VISTO, siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. MIGUEL ÁNGEL LOMBARDÍA DEL POZO, que expresa el común parecer de este Tribunal. I.- ANTECEDENTES DE HECHO

Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto se relacionen con esta resolución y

PRIMERO

Con fecha 21 de septiembre de 2011 el Juzgado de 1ª Instancia nº 61 de Madrid en los autos de que dimana este rollo de Sala, dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:" Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Campillo García, en nombre y representación de Gregoria, absolviendo de los pedimentos contenidos en la misma a Fabio, con imposición a la demandante del pago de las costas causadas."

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la parte demandante que formalizó adecuadamente y del que, tras ser admitido en ambos efectos, se dio traslado a la contraparte, remitiéndose luego los autos principales a este Tribunal en el que tuvieron entrada en 23 de enero de 2012, abriéndose el correspondiente rollo de Sala.

TERCERO

En esta alzada, para cuya deliberación, votación y fallo se señaló el día 12 de junio de 2012 se han observado las...

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