SAP Murcia 559/2012, 6 de Septiembre de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución559/2012
Fecha06 Septiembre 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

MURCIA

SENTENCIA: 00559/2012

Rollo nº 747/11

Iltmos. Sres.:

D. Carlos Moreno Millán

Presidente

D. Juan Martínez Pérez

D. Juan Antonio Jover Coy

Magistrados

En la ciudad de Murcia, a seis de septiembre de dos mil doce.

La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Ordinario procedentes del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Murcia y seguidos ante el mismo con el nº 3/2009, -rollo nº 747/2011-, entre las partes, actora D. Emiliano, mayor de edad, vecino de Murcia, con domicilio en CALLE000 nº NUM000, con D.N.I. nº NUM001, representado por el Procurador Sr. Luna Moreno y dirigido por la Letrada Sra. Herranz Valera, y demandada, Agrumexport, S.A., con domicilio social en Murcia, Cabezo de Torres, Camino de Don Luis nº 116, con C.I.F nº A-30041834, representada por la Procuradora Sra. Belda González y dirigida por el Letrado Sr. Pérez Mateos; versando sobre impugnación de acuerdos sociales.

Los referidos autos penden ante esta Audiencia Provincial en virtud de recurso de apelación interpuesto por Agrumexport, S.A., contra la sentencia de 4 de noviembre de 2010, dictada por el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Murcia ; siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Antonio Jover Coy, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La referida resolución contiene el siguiente fallo: "FALLO: Que acogiendo la pretensión deducida con carácter principal en la demanda promovida por Don Emiliano, representado por el Procurador

D. JOSE ANTONIO LUNA MORENO y contra la mercantil AGRUMEXPORT, S.A., representada por la Procuradora Dª. MARIA BELDA GONZALEZ, declaro nulos los siguientes acuerdos adoptados en la Junta General Extraordinaria celebrada el 21 de diciembre de 2007 de la sociedad mercantil AGRUMEXPORT, S.A.

  1. - Aceptar la relación de socios que, según el informe del Administrador, han ejercitado el derecho de adquisición preferente de las acciones puestas en venta por el accionista D. Matías : a) D. Paulino : cincuenta (50) acciones; Don Matías veintiuna (21) acciones.

  2. - La sociedad ejercita el derecho de adquisición de las acciones ofrecidas en venta por el socio D. Emiliano, que no están sujetas al preferente derecho de adquisición de los accionistas, es decir, con relación a setenta y seis (76) acciones, por el precio fijado por el auditor (24.793,60 # por acción), conforme a ley y estatutos sociales y con sujeción a los plazos indicados en la oferta.

  3. - Se faculta expresamente, al Administrador de la Sociedad, para la formalización y ejecución de los acuerdos adoptados por la presente Junta.

Todo ello con las consecuencias adecuadas a su naturaleza, y conforme a la Ley, incluyendo la inscripción de la sentencia y la cancelación de los acuerdos nulos y los posteriores que resulten contradictorios con dicha sentencia en el Registro Mercantil. Y con expresa imposición de las costas procesales causadas a la demandada".

Segundo

Contra dicha sentencia interpuso Agrumexport, S.A., recurso de apelación, que tras tenerse por preparado fue formalizado conforme a lo dispuesto en los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuic . Civil.

Tercero

Seguidamente se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial, donde se formó el correspondiente rollo, con el nº 747/2011, y se señaló el 27 de julio de 2012 para que tuviera lugar la votación y fallo del recurso, tras lo cual quedó éste visto para sentencia.

Cuarto

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

D. Emiliano interpuso demanda de Juicio Ordinario solicitando que se declarara la nulidad de los acuerdos adoptados el día 21 de diciembre de 2007 por la Junta General Extraordinaria de la sociedad mercantil Agrumexport, S.A., por ser contrarios a la ley por infracción de las normas generales de...

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