AAP Granada 94/2012, 6 de Julio de 2012
Ponente | JUAN FRANCISCO RUIZ-RICO RUIZ |
ECLI | ES:APGR:2012:24A |
Número de Recurso | 136/2012 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 94/2012 |
Fecha de Resolución | 6 de Julio de 2012 |
Emisor | Audiencia Provincial - Granada, Sección 4ª |
1 AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA
SECCION CUARTA
ROLLO Nº 136/12
JUZGADO GRANADA 17
EJEC. TIT. JUD. Nº 1.070/11
PONENTE SR. JUAN FCO RUIZ RICO RUIZ
A U T O NÚM. 94/12
ILTMOS. SEÑORES:
PRESIDENTE
D. ANTONIO GALLO ERENA
MAGISTRADOS
D. MOISÉS LAZÚEN ALCÓN
D. JUAN FCO RUIZ RICO RUIZ
============================== =
En la ciudad de Granada a seis de julio de dos mil doce. La Sección Cuarta de esta Iltma. Audiencia Provincial, ha visto, en grado de apelación los precedentes autos de juicio de Ejecución de Título Judicial nº 1.070/11, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia Número 17 de Granada, en virtud de demanda de "J.J. INSTALACIONES COMERCIALES S.L.", representado en esta instancia por el/a Procurador/a Sr/ a Alameda Gallardo, contra "AUROCOQUET S.L.", representado en esta alzada por el/a Procurador/a Sr/ a González Díaz.
Aceptando como relación los "Antecedentes de Hecho" del auto apelado, y
El referido Auto, fechado en 18/10/11, contiene la siguiente Parte Dispositiva: "Con estimación de la causa de oposición, aducida por la parte ejecutada, debo declarar y declaro que no siga adelante la ejecución, por haberse efectuado el pago de lo debido por la parte de la ejecutada antes de que resultara procedente la presentación de la demanda ejecutiva, con expresa imposición de costas a la parte ejecutante ".
Sustanciado y seguido el presente recurso, por sus tramites ante esta Iltma. Audiencia Provincial, en virtud de apelación interpuesta por la parte actora, por escrito y ante el Órgano que dictó el Auto; de dicho recurso se dio traslado a demás partes, para su oposición o impugnación; tras ello se elevaron las actuaciones a este Tribunal, señalándose día para su Votación y Fallo, en que ha tenido lugar. TERCERO .- Han sido observadas las prescripciones legales de trámite.
Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. JUAN FCO RUIZ RICO RUIZ.
No podemos compartir los fundamentos de la resolución recurrida que estima la causa de oposición e impone las costas a la parte ejecutante por haber efectuado el pago la ejecutada antes de que resultara procedente la presentación de la demanda ejecutiva, de acuerdo con el artº 548 de la Ley de Enjuiciamiento Civil . Este precepto dispone que "no se despachará ejecución de resoluciones procesales o arbitrales, dentro de los veinte días posteriores a...
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