SAP Madrid 823/2012, 3 de Julio de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución823/2012
Fecha03 Julio 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 24

MADRID

SENTENCIA: 00823/2012

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 24ª

Rollo nº: 202/2012

Autos nº: 286/2010

Procedencia: Juzgado de 1ª Instancia nº 66 de Madrid

P. Apelante: Dª Yolanda

Procurador: Dª Silvia Batanero Vázquez

P. Apelada: D. Julio

Procurador: Dª Mª Soledad Castañeda González

Ponente: Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER CORREAS GONZALEZ

S E N T E N C I A Nº 8 2 3

Magistrados:

Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER CORREAS GONZALEZ

Ilmo. Sr. D. Angel Sánchez Franco

Ilma. Sra. Dª María José de la Vega Llanes

En Madrid, a 3 de julio de 2012

Vistos en grado de apelación por la Sección 24ª de esta Audiencia Provincial, los autos sobre Liquidación de la Sociedad de Gananciales (Inventario) nº 286/2010; procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 66 de Madrid y seguidos entre partes; de una, como apelante, Dª Yolanda, representada por la Procuradora Dª Silvia Batanero Vázquez; y de otra, como parte apelada, D. Julio, representado por la Procuradora Dª Mª Soledad Castañeda González; y siendo Ponente el Magistrado de la Sala Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER CORREAS GONZALEZ, que expresa el parecer de la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.

SEGUNDO

Que en fecha 13 de octubre de 2011, por el Juzgado de 1ª Instancia nº 66 de Madrid, se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO:

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por DON Julio contra DOÑA Yolanda DEBO DECLARAR Y DECLARO haber lugar a la formación de inventario de la sociedad de gananciales existente entre los litigantes determinando como bienes integrantes del activo los inventariados en el fundamento de derecho segundo de esta resolución y como partidas del pasivo las recogidas en el fundamento de derecho tercero, sin fijación de deuda o compensación alguna entre los cónyuges quedando para posterior fase judicial, en su caso, la determinación de las restantes operaciones de liquidación.

No procede expresa imposición de costas a las partes".

TERCERO

Notificada la anterior resolución a las partes, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación legal de Dª Yolanda, a fin de conseguir su revocación, y la Sala, en su lugar, estimando el recurso, considere privativo de la apelante el reloj Cartier, adquirido en El Corte Inglés, durante el matrimonio y por importe de 10.106 euros; y, en segundo lugar, se pide que figuren en el activo todas las cantidades que el Sr. Julio extrajo de las cuentas del matrimonio; y ello en virtud de lo argumentado en el escrito de fecha 6 de diciembre de 2011.

CUARTO

Frente a tales pretensiones, la parte apelada se opone al recurso de apelación interpuesto de contrario por lo manifestado en el escrito de fecha 21 de diciembre de 2011.

QUINTO

Que en la tramitación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Conocida la razón de ser de la presente alzada, en la extensión y términos antes dichos, por la expresión de los motivos que llevaron a la representación legal de la Sra. Yolanda a apelar la sentencia de instancia, cabe decir que es llegado el momento de dar respuesta...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 temas prácticos
  • Bienes privativos en la sociedad de gananciales
    • España
    • Práctico Derecho de Familia Régimen económico-matrimonial Sociedad de gananciales
    • 1 Febrero 2024
    ... ... 2 Bienes privativos en la sociedad de gananciales 3 Bienes privativos por confesión 4 Bienes privativos ... Audiencia Provincial de Ciudad Real de 12 de abril de 2012). [j 2] 2º Los que adquiera después por título ... [j 12] y Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de 15 de febrero de 2010). [j 13] En cualquier caso, ... de la Audiencia Provincial de Madrid de 3 de julio de 2012). [j 24] 8º Los instrumentos necesarios para ... ...

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR