SAP Madrid 552/2012, 8 de Octubre de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución552/2012
Fecha08 Octubre 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 8

MADRID 00552/2012

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE MADRID

Sección 8 ª

1280A

FERRAZ, 41

N.I.G. 28000 1 0004172 /2012

RECURSO DE APELACION 250 /2012

Proc. Origen: DESAHUCIO 252 /2010

Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 4 de PARLA

De: Adoracion

Procurador: EMILIO MARTÍNEZ BENÍTEZ

Contra: Debora

Procurador: SIN PROFESIONAL ASIGNADO

Ponente : ILMA. SRA. Dª Mª VICTORIA SALCEDO RUÍZ

SENTENCIA Nº 552/12

Magistrados:

ILMO. SR. D. JESÚS GAVILÁN LÓPEZ

ILMA. SRA. Dª Mª PILAR GONZÁLVEZ VICENTE

ILMA. SRA. Dª Mª VICTORIA SALCEDO RUÍZ

En Madrid, a ocho de octubre de dos mil doce. La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres. Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Verbal de desahucio por falta de pago, número 252/2010 procedentes del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Parla, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelada, Dª Debora, sin representación procesal en esta alzada, y de otra, como demandada-apelante, Dª Adoracion, representada por el Procurador

D. EMILIO MARTÍNEZ BENÍTEZ.

VISTO, siendo Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª Mª VICTORIA SALCEDO RUÍZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Parla, en fecha 20 de enero de 2011, se dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Se declara enervada la acción de desahucio por falta de pago interpuesta por el Procurador de los Tribunales D. Julián Caballero Aguado en nombre y representación de Dña. Debora, contra Dña. Adoracion, imponiéndose a la demandada las costas del procedimiento.

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido, y, en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

No estimándose necesaria la celebración de vista pública para la resolución del presente recurso, quedó en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 3 de octubre de 2012.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso trae causa del procedimiento de Juicio Verbal seguido ante el Juzgado

de Primera Instancia nº 4 de Parla, bajo el nº 252/10, a instancia de Dª Debora contra Dª Adoracion, en el que se pretendía la resolución del contrato de arrendamiento suscrito entre las partes, respecto de la vivienda sita en la Plaza DIRECCION000 nº NUM000, NUM001 puerta DIRECCION001 de Pinto (Madrid), todo ello con motivo del impago de la renta de las mensualidades de diciembre de 2009 a marzo de 2010, a razón de 240,40 euros las tres primeras y 362,28 euros la cuarta y última.

En el acto de la vista, a la que fueron convocadas las partes, en fecha 1 de diciembre de 2010, la demandante solicitó se declarara enervada la acción del desahucio, por encontrarse, en dicho momento, la parte demandada al corriente del pago de la renta. Por su parte, la demandada se opuso a la citada declaración señalando que no debía cantidad alguna, que el procedimiento instado no era procedente para discutir un incremento de la renta del 50 % como se pretendía a partir de marzo de 2010, e invocando los problemas que había tenido para efectuar el abono de las mensualidades, al no haberle facilitado tal extremo la contraparte.

El Juzgado antes citado dictó sentencia, en fecha 20 de enero de 2011, declarando enervada la acción del desahucio y condenando en costas a la parte demandada.

SEGUNDO

Se recurre la citada resolución por la parte demandada, quien no invoca motivo concreto alguno en el que fundar su recurso de apelación,...

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