SAP Madrid 605/2012, 31 de Octubre de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución605/2012
Fecha31 Octubre 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 10

MADRID

SENTENCIA: 00605/2012

1280A

C/ FERRAZ 41

Tfno.: 914933847-48-918-16 Fax: 914933916

N.I.G. 28000 1 4014048 /2012

Rollo: RECURSO DE APELACION 861 /2012

Autos: JUICIO VERBAL 1246 /2011

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 40 de MADRID

De: Natalia

Procurador: JACOBO GARCIA GARCIA

Contra: ALCAMPO S.A.

Procurador: ANTONIO RAMON RUEDA LOPEZ

Magistrado: ILMO. SR. D. JOSE MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ

SENTENCIA

Ilmo. Sr. Magistrado:

D. JOSE MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ

En MADRID, a treinta y uno de octubre de dos mil doce.

El Magistrado D. JOSE MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ, de la Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, ha visto en grado de apelación los autos nº 1246/11, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 40 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelante Dª Natalia, representada por el Procurador D. Jacobo García García y defendida por Letrado, y de otra como demandados-apelados ALCAMPO, S.A., ALLIANZ GLOBAL CORPORATE & SPECIALTY AG, SUCURSAL EN ESPAÑA, representados por el Procurador D. Antonio Ramón Rueda López y defendidos por Letrado, seguidos por el trámite de juicio verbal.

VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE MANUEL ARIAS RODRÍGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia n 40 de Madrid, en fecha 12 de marzo de 2012, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO : "Que desestimando la demanda interpuesta por Doña Natalia, representada en juicio por el Procurador de los Tribunales Don Jacobo García García, contra Alcampo S.A. y Allianz Global Coporate & Speciality Ag,. Sucursal en España, ambas representadas por el Procurador de los Tribunales Don Antonio Ramón Rueda López, debo absolver y absuelvo a dichas mercantiles demandadas de cuantas pretensiones formuladas en su contra en el suplico de la misma, sin realizar expresa condena en las costas causadas.".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante. Admitido el recurso de apelación en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada. Elevándose los autos ante esta Sección, para resolver el recurso.

TERCERO

Por providencia de esta Sección, de fecha 29 de octubre de 2012, se señaló para fallo, turno que se ha cumplido el día 30 de octubre de 2012.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Habiéndose dictado sentencia en primera instancia, desestimatoria de la acción que en

reclamación de cantidad por culpa extracontractual se ejercitó en la demanda iniciadora del pleito, se alza en apelación la parte interpelante en procura de una sentencia que revoque la recurrida y se sustituya por otra que acoja en su integridad los pedimentos deducidos en la demanda instauradora de la litis. Se fundamenta dicha pretensión en la base impugnativa expuesta en el escrito de interposición del recurso de apelación, redactado conforme a lo dispuesto en el artículo 458 de al LEC, donde se denuncia sustancialmente la errónea apreciación de la prueba practicada, lo que delimita el ámbito del enjuiciamiento en esta instancia.

En el desarrollo integrador de la divergencia con el discurrir judicial se aduce que sí se dan en el supuesto enjuiciado los requisitos a que se subordina el nacimiento de la responsabilidad extracontractual al haber tropezado la demandante el día 23- 12-2010, sobre las 13,00 horas, mientras estaba en la zona de charcutería del Centro Comercial Alcampo sito en la Vaguada, con una cuerda que estaba enganchada a una cesta de a compra propiedad de Alcampo, las que se ponen a disposición de los clientes para ir poniendo los artículos que se van comprando. Se argüye asimismo que la sentencia duda si fue una cuerda o una bolsa de la zona de fruta, ésta última basada en la teoría de los empleados de Alcampo y la vigilante de Prosegur, censurando que se haya puesto a la misma altura la testifical del esposo de la demandante que la de la trabajadora de...

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