SAP Murcia 480/2012, 30 de Octubre de 2012

PonenteANDRES PACHECO GUEVARA
ECLIES:APMU:2012:2706
Número de Recurso1029/2011
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución480/2012
Fecha de Resolución30 de Octubre de 2012
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MURCIA

SENTENCIA: 00480/2012

SENTENCIA Nº 480/12

ILMOS SRES

D. Andrés Pacheco Guevara

Presidente

Dª. María Pilar Alonso Saura

D. Cayetano Blasco Ramón

Magistrados

En la Ciudad de Murcia a treinta de octubre dos mil doce.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial, integrada por los Magistrados expresados, ha conocido en grado de apelación las actuaciones de orden civil, Rollo nº 1029/11, dimanante del procedimiento ordinario tramitado en el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Cieza y seguido entre Dña. Bárbara como demandante y como demandados Dña. Carmen ; D. Julián ; los Herederos de Dña. Diana (Dña. Estibaliz, Dña. Gema

, y Dña. Juana ); Dña. Maite ; herederos de D. Nazario (Dña. Maite, D. Remigio y Dña. Pilar ); herederos de D. Victoriano (Dña. Virginia, D. Carlos Antonio, Dña. Adela y Dña. Andrea ), y los herederos de Dña. Blanca cuyos domicilios se desconocen; así como los herederos de D. Juan Pedro (D. Adolfo y Dña. Debora ), ello en virtud del recurso de apelación promovido por la parte demandada, dirigida en esta alzada por el Letrado Sr. Rizo Ruiz, mientras que los apelados Sres. Maite ), Jose Miguel ) y Pilar ), lo ha sido por el también Letrado Sr. Abellán Martínez-Abarca, y siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Andrés Pacheco Guevara, que expresa la convicción de este Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos principales de que el presente rollo dimana, el Juzgado de Primera Instancia con fecha 8 de marzo de dos mil once dictó sentencia, cuyo fallo es del tenor siguiente: "Desestimando la demanda formulada por la Procuradora Sra. Verdejo Sánchez, en nombre de doña Bárbara, absuelvo a los demandados de todos los pedimentos de la demanda."

SEGUNDO

Contra la citada resolución y en legal forma se preparó e interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la parte antes citada, siendo admitido en ambos efectos, lo que originó, tras la tramitación oportuna, la remisión de los autos originales a esta Sala, señalándose, tras los traslados pertinentes, para deliberación del recurso el día de hoy, quedando los autos pendientes de resolución.

TERCERO

En la tramitación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El suplico de la demanda insta una declaración de extinción de la comunidad de bienes pro indiviso integrada por todos los litigantes sobre la finca registral nº NUM000 de Cieza y la paralela estimación de la existencia de un régimen de propiedad horizontal sobre dicha finca, con el otorgamiento por los afectados de las escrituras públicas a ello consecuentes y la adjudicación a la demandante y sus hermanos de determinado departamento, debiéndose condenar a los demandados que se opongan a pasar por todo ello y a la satisfacción de las costas del Juicio.

Se ejercen así por Dña. Bárbara las acciones de extinción de condominio y declaración de régimen de propiedad horizontal, con la consiguiente adjudicación.

Debe partirse para la definitiva resolución de la litis de la adquisición por herencia por la actora y sus tres hermanos de la séptima parte indivisa de la finca que se describe en la demanda, con una superficie total de 2.837, 53 m2, siendo los demandados los herederos de sus restantes seis séptimas partes.

Ya en la parte fáctica de tal demanda se habla de la faja perimetral de dos metros de ancho y de los patios como elementos comunes, con acceso a los mismos por el Este y por el Oeste, existiendo desde tiempos pretéritos doce departamentos, todos ellos con salida independiente "al elemento común que se ha descrito".

Se argumenta igualmente que la diferencia entre aquellos 2.837,53 m2 y los 1.1 98,95 m2 que suman los doce departamentos se corresponde con los 1.638,58 m2 comunes, éstos integrados, se insiste, por la faja y el patio precitados.

Se invoca la aplicación a tal situación de los arts. 396 y 401 del CC, así como las especiales normas de la LPH.

Con la propia demanda se acompaña un proyecto de levantamiento de planos para la división horizontal de edificio en zona rural, elaborado por el arquitecto Sr. Salvador .

En ese documento se describen las características del edificio, así como las de cada uno de sus departamentos, ocho destinados a vivienda y cuatro a almacenes.

Ha de destacarse que al referirse al edificio en su totalidad el técnico menciona el camino que lo rodea y los accesos directos del mismo a algunas propiedades, "además de dos accesos al patio interior...

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