SAP Alicante 355/2012, 13 de Septiembre de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 355/2012 |
Fecha | 13 Septiembre 2012 |
Audiencia Provincial de Alicante. Sección cuarta. Rollo 312/12
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN CUARTA
ALICANTE
NIG: 03014-37-2-2012-0001444
Procedimiento: RECURSO DE APELACION (LECN) Nº 000312/2012- Dimana del Nº 001190/2010
Del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 2 DE SAN VICENTE DEL RASPEIG
Apelante/s: Eloy
Procurador/es: FABIOLA MONERRIS JUAN
Letrado/s: SUSANA OUTHWAITE MORENO
Apelado/s: Laura
Procurador/es : M. JOSE SOTO SOLER
Letrado/s: MANUEL R. GOMIS COLOMA
===========================
Iltmos. Sres.:
Presidente
D.Federico Rodríguez Mira
Magistrados
D. Manuel B. Flórez Menéndez
Dª. Paloma Sancho Mayo
===========================
En ALICANTE, a trece de septiembre de dos mil doce
La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Alicante, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados antes citados y
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
ha dictado la siguiente
SENTENCIA Nº 000355/2012 En el recurso de apelación interpuesto por la parte Demandante D. Eloy, representada por la Procuradora Sra. MONERRIS JUAN, FABIOLA y asistida por la Lda. Sra. OUTHWAITE MORENO, SUSANA, frente a la parte apelada Dª. Laura, representada por la Procuradora Sra. SOTO SOLER, M. JOSE y asistida por el Ldo. Sr. GOMIS COLOMA, MANUEL R., contra la sentencia dictada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 2 DE SAN VICENTE DEL RASPEIG, habiendo sido Ponente la Ilma. Sra. Dª. Paloma Sancho Mayo.
Por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 2 DE SAN VICENTE DEL RASPEIG, en los autos de juicio se dictó en fecha 07-12-2011 sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
Que DEBO DESESTIMAR Y DESESTIMO la demanda de modificación de medidas definitivas acordadas en Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 8 de Alicante en Autos Divorcio Contencioso nº 677/07, debiéndose mantener la pensión de alimentos en la cantidad de 600 # a favor de su hijo, Julio, mayor de edad, y todo ello sin hacer especial pronunciamiento sobre el pago de las costas procesales.
Contra dicha sentencia interpuso recurso de apelación la parte Demandante D. Eloy, habiéndose tramitado el mismo por escrito ante el Juzgado de instancia, en la forma prevista en la L.E.C. 1/2000, elevándose posteriormente los autos a este Tribunal, donde quedó formado el correspondiente rollo de apelación 000312/2012 señalándose para votación y fallo el día 12-09-2012.
La sentencia dictada en la instancia desestimó la demanda de modificación de medidas definitivas de divorcio formulada por la representación procesal de D. Eloy, quien solicita la supresión o en su caso la reducción de la pensión alimenticia que abona actualmente a su hijo a la cuantía de 300 euros y que actualmente asciende a la cantidad de 600 euros según fue fijada en la sentencia de divorcio, alegando error de hecho en la apreciación de la prueba en que incurre el juzgador, e incorrecta aplicación de los arts. 90 y ss. y 146 y 147 Código Civil .
Por el Sr. Eloy se insiste en su recurso, como motivo principal para suprimir la pensión por alimentos de su hijo, en que se dan hechos objetivos que suponen una modificación de las circunstancias que se tuvieron en cuenta a la hora de establecerlas, cambio de circunstancias que...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba