AAP Madrid 937/2012, 20 de Diciembre de 2012
Jurisdicción | España |
Fecha | 20 Diciembre 2012 |
Número de resolución | 937/2012 |
D. TOMAS YUBERO MARTINEZ ROLLO RT 859/12 SECRETARIO DE LA SALA EJECUTORIA 303/07
JDO. INSTR. Nº 10 MADRID
AUTO NÚMERO: 937
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
ILTMOS. SRES. DE LA SECCION TERCERA
D. JUAN PELAYO GARCIA LLAMAS
Dª. Mª PILAR ABAD ARROYO
D. EDUARDO VICTOR BERMUDEZ
--------------------------Madrid, a 20 de diciembre de 2012.
Por el Juzgado de lo Penal nº 2 de los de Alcalá de Henares y en Ejecutoria 303/07 con
fecha 15 de junio de 2012 se dictó auto acordando: " DECRETAR LA PRESCRIPCION DE LAS PENAS DE
18 MESES DE MULTA POR UN DELITO DE QUEBRANTAMIENTO DE CONDENA, 8 MESES DE MULTA POR UN DELITO CONTRA LA SEGURIDAD DEL TRAFICO Y 2 MESES DE MULTA POR UNA FALTA DE DESOBEDIENCIA, QUE SE LE IMPUSO A Pablo Jesús POR SENTENCIA FIRME DE 3 DE MAYO DE 2007.", resolución que fue notificad a las partes, interponiéndose contra la misma y por el Ministerio Fiscal recurso de reforma.
Admitido a trámite el recurso de reforma, se dio traslado del escrito por dos días a las demás partes personadas, dictándose con fecha 8 de octubre de 2012, nuevo auto denegando la reforma solicitada, resolución contra la cual el Ministerio Fiscal interpuso recurso de apelación que fue admitido a trámite y al que se le dio el curso legal, con remisión de las actuaciones a la Audiencia Provincial de Madrid para su sustanciación.
Recibidos en la Secretaría de este Tribunal, por diligencia de 17 de diciembre de 2012 se acordó formar Rollo de Apelación con el número 859/12, señalando día para deliberación, votación y fallo en Sala, lo que tuvo lugar el 19 de diciembre de 2012, siendo Ponente el Magistrado DÑA. Mª PILAR ABAD ARROYO.
Poco puede añadir este Tribunal a lo manifestado por el Juez a quo en las resoluciones
impugnadas por el Ministerio Público y ello por cuanto, tras la Sentencia del Tribunal Constitucional 97/2010 de 15 de noviembre en que se sustenta la prescripción acordada, pocas dudas quedan al respecto, en el sentido de excluir toda causa de interrupción de la prescripción de la pena, salvo la referida al cumplimiento de la misma . Por tanto, solamente señalar que el pago de 100 # efectuado por el penado con fecha 16 de noviembre de 2009, que además no tuvo virtualidad alguna al haberse acordado el...
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...la prescripción (Conclusiones del seminario sobre ejecución penal de marzo de 2013 mencionado), pues como dice el AAP Madrid Sección 3ª 937/2012, de 20-12, "lo contrario haría de peor derecho a quien efectúa algún pago que al que lo omite por completo". Equiparable al supuesto o de pagos ef......
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...la prescripción (Conclusiones del seminario sobre ejecución penal de marzo de 2013 mencionado), pues como dice el AAP Madrid Sección 3ª 937/2012, de 20-12, "lo contrario haría de peor derecho a quien efectúa algún pago que al que lo omite por completo". Equiparable al supuesto o de pagos ef......