SAP Lugo 42/2013, 15 de Enero de 2013

PonenteJOSE ANTONIO VARELA AGRELO
ECLIES:APLU:2013:69
Número de Recurso703/2012
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución42/2013
Fecha de Resolución15 de Enero de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Lugo, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

LUGO

SENTENCIA: 00042/2013

Iltmos. Sres.

D. JOSE RAFAEL PEDROSA LOPEZ

D. JOSE RAFAEL PEDROSA LOPEZ

D. JOSE MARIA MORENO MONTERO

D. JOSE ANTONIO VARELA AGRELO

Lugo, quince de enero de dos mil trece.

Visto en grado de apelación ante esta Sección 001, de la Audiencia Provincial de LUGO, los Autos de PROCEDIMIENTOORDINARIO 0000024 /2011, procedentes del XDO. PRIMEIRAINSTANCIA N. 5 de LUGO

, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000703 /2012, en los que aparece como parte apelante, D. Leandro, representado por el Procurador de los tribunales, Sra. Martín-Buitrago Calvet, asistido por el Letrado Sr. Nores Quesada, y como parte apelada, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS Nº NUM000 DE LA C/ DIRECCION000, representado por el Procurador de los tribunales, Sra. Acuña Santamarina, asistido por el Letrado Sra. Mendoza Villanueva, DÑA. Emilia, representada por el Procurador Sr. Cabo Silva y asistida del Letrado Sr. López Pérez, y CONTRATAS LA MURALLA S.L. representado por la Procurador Sra. Iglesias Penelas y asistido del Letrado Sr. Torres Cascudo, sobre reclamación de cantidad por daños, acción responsabilidad por defectos constructivos, siendo el ponente el Presidente Iltmo. Sr. D. JOSE ANTONIO VARELA AGRELO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 31 de julio de 2012, el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Lugo, dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: Se estima parcialmente la demanda interpuesta por la Comunidad de Propietarios del Edificio NUM000 de la DIRECCION000 contra CONTRATAS MURALLA S.L., representada procesalmente por la Procuradora Dña. María Eugenia Iglesias Penelas, contra Dña. Emilia

, representada por el Procurador D. Carlos Cabo Silva y contra D. Leandro, representado por el Procurador

D. Álvaro Martín-Buitrago Calvet. Se condena a los demandados solidariamente a abonar a la actora la suma de 944 euros para subsanar las deficiencias apreciadas en el garaje del edificio de la parte actora. Se condena solidariamente a D. Leandro y a la mercantil CONTRATAS LA MURALLA S.L. a abonar a la parte actora las suma de 14.325,20 euros, para subsanar las deficiencias apreciadas en los elementos privativos de los pisos NUM001, NUM001, NUM002 y NUM003 . No se hace expresa imposición de costas a ninguna de las partes".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por el demandado D. Leandro, teniéndose por preparado el mismo y cumplidos los trámites del art. 458 y siguientes de la L.E.C . 1/2000 se elevaron los autos a la Audiencia Provincial para la resolución procedente, correspondiendo por turno de reparto a esta Sección Primera. TERCERO .- En la tramitación del presente recurso se han observado los trámites legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

PRIMERO

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