SAP Ciudad Real 10/2013, 16 de Enero de 2013
Ponente | JOSE MARIA TAPIA CHINCHON |
ECLI | ES:APCR:2013:76 |
Número de Recurso | 216/2012 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 10/2013 |
Fecha de Resolución | 16 de Enero de 2013 |
Emisor | Audiencia Provincial - Ciudad Real, Sección 2ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
CIUDAD REAL
SENTENCIA: 00010/2013
RECURSO DE APELACION CIVIL 216/2012-J.A.
Autos: Juicio ordinario 1320/2009
Juzgado de Primera Instancia número 3 de Alcázar de San Juan.
Ilmos. Sres.
Presidente:
Dª CARMEN PILAR CATALAN MARTIN DE BERNARDO.
Magistrados:
D. IGNACIO ESCRIBANO COBO.
D. FULGENCIO VICTOR VELAZQUEZ DE CASTRO PUERTA.
D. JOSÉ MARÍA TAPIA CHINCHÓN.
S E N T E N C I A Nº 10/13
En Ciudad Real a dieciséis de enero de dos mil trece.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 2º, de la Audiencia Provincial de CIUDAD REAL, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1320/2009, procedentes del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.3 de ALCAZAR DE SAN JUAN, a los que ha correspondido el Rollo DE APELACION CIVIL 216/2012, en los que aparece como parte apelante, Maribel, representada por la Procuradora de los tribunales, Sra. JULIA PINTOR PEROMINGO, asistido por el Letrado D. VICENTE GONZALEZ MARTINEZ, y como parte apelada, RECREATIVOS MANCHEGOS, S.L., representado por el Procurador de los tribunales, Sr. JORGE MARTINEZ NAVAS, asistido por el Letrado D. JAVIER MENDOZA CERRATO, siendo el Magistrado Ponente el Ilmo. Sr.
D. JOSÉ MARÍA TAPIA CHINCHÓN.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.
Seguido el juicio por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Alcázar de San Juan, por el mismo se dictó Sentencia con fecha 28 de septiembre de 2011, cuya parte dispositiva dice:
"Que estimando la demanda interpuesta por Recreativos Manchegos S.L. representada en juicio por la Procuradora de los Tribunales D. Luis Ginés Sainz Pardo Ballesta contra Dª Maribel representada en juicio por la Procuradora de los Tribunales Dª Ana Isabel Díaz Hellín Gude debo condenar y condeno a dicho demandada a pagar la cantidad de 10.218,17 euros en concepto de préstamo no amortizado y al pago de 1201 euros más los intereses legales que se hayan originado desde la interposición de la demanda y todo ello con expresa imposición de costas.
Notificada dicha resolución a las partes, por la parte apelante Dª Maribel se interpuso recurso de apelación y cumplidos los trámites correspondientes fueron remitidos a este Tribunal donde han comparecido los litigantes, sustanciándose el recurso en la forma legalmente establecida, señalándose para el acto de la votación y fallo el día 16 de enero de 2013.
En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.
Vinculadas las partes en fecha 2 de Agosto de 2004 en virtud de contrato denominado de "instalación de máquinas recreativas" (Documento 1 de la demanda rectora, f 5), ejercita la actora acción en reclamación de cantidad por los conceptos de impago de préstamo concedido y falta de devolución de cambio recibido para las máquinas frente a la demandada, titular de negocio de hostelería en la localidad de Madrid denominado "Bar Esquinita de Perea", a lo que se opuso la demandada negando haber recibido cantidad alguna en concepto de préstamo ni de cambio para la máquinas.
La Sentencia de instancia estima íntegramente la demanda al entender que la parte actora había acreditado la realidad de la relación contractual y, por ende, la entrega de las cantidades objeto de reclamación, frente a lo que se alza la parte demandada alegando como motivo exclusivo el error valorativo en que incurre la Sentencia de instancia.
Siguiendo la Sentencia de la Sección 21...
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