AAP Alicante 50/2012, 27 de Febrero de 2012

PonenteJOSE MARIA RIVES SEVA
ECLIES:APA:2012:202A
Número de Recurso96/2012
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución50/2012
Fecha de Resolución27 de Febrero de 2012
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 6ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN SEXTA

ALICANTE

NIG: 03014-37-2-2012-0000420

Procedimiento: RECURSO DE APELACION (LECN) Nº 000096/2012- JOSÉ MARÍA RIVES SEVA - Dimana del Nº 002195/2011

Del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 9 DE ALICANTE

Apelante/s: BANCO CAM SAU

Procurador/es: JORGE MANZANARO SALINES

Letrado/s:

Apelado/s:

Procurador/es :

Letrado/s:

AUTO Nº 000050/2012

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Iltmos/as. Sres/as.:

Presidente

DON JOSÉ MARÍA RIVES SEVA

Magistrados/as

DOÑA MARÍA DOLORES LÓPEZ GARRE

DOÑA ENCARNACIÓN CATURLA JUAN

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En la Ciudad de Alicante a veintisiete de Febrero de dos mil doce.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de esta Ciudad de Alicante, integrada por los Iltmos. Srs. expresados al margen ha visto, en grado de apelación, Rollo de la Sala nº 96/12 los autos de Ejecución Hipotecaria nº 2.195/11 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº Nueve de la ciudad de Alicante en virtud del recurso de apelación entablado por la parte demandante entidad BANCO CAM S.A.U. que ha intervenido en esta alzada en su condición de recurrente, representado/a por el Procurador/ra Don/ña Jorge Manzanaro Salines y defendido/a por el/la Letrado Don/ña José Luis Mojica Marhuenda, y no habiendo parte apelada. ANTECEDENTES DE HECHOS

Primero

Por el Juzgado de Primera Instancia nº Nueve de la Ciudad de Alicante y en los autos de Ejecución Hipotecaria nº 2.195/11 en fecha 10 de enero de 2012 se dictó auto por el que se desestimaba recurso de reposición interpuesto frente a auto de 19 de diciembre de 2011 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Se deniega el despacho de ejecución solicitado por el Procurador Sr/Sra MANZANARO SALINES, JORGE en nombre y representación de BANCO CAM SAU frente a Lázaro .".

Segundo

Contra el auto de 10 de enero de 2012 se interpuso recurso de apelación en tiempo y forma por la representación de la parte demandante siendo tramitado conforme a lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, remitiéndose las actuaciones seguidamente a esta Iltma. Audiencia Provincial, Sección Sexta, donde se formó el correspondiente rollo de apelación nº 96/12.

Tercero

En la sustanciación de esta causa se han observado todas las prescripciones legales, señalándose para votación y fallo el día 27 de febrero de 2012 y siendo ponente el Iltmo. Sr. Don JOSÉ MARÍA RIVES SEVA.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
Primero

Se deniega en la instancia el despacho de la ejecución hipotecaria instada por...

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