SAP Pontevedra 85/2013, 19 de Febrero de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución85/2013
Fecha19 Febrero 2013

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

PONTEVEDRA

SENTENCIA: 00085/2013

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 901/12

Asunto: VERBAL 285/12

Procedencia: PRIMERA INSTANCIA NÚM. 2 CALDAS

LA SECCION PRIMERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, COMPUESTA POR LOS ILMOS MAGISTRADOS

D. FRANCISCO JAVIER MENÉNDEZ ESTÉBANEZ

D. FRANCISCO JAVIER VALDÉS GARRIDO

Dª MARIA BEGOÑA RODRÍGUEZ GONZÁLEZ,

HA DICTADO

EN NOMBRE DEL REY

LA SIGUIENTE

SENTENCIA NUM.85

En Pontevedra a diecinueve de febrero de dos mil trece.

Visto en grado de apelación ante esta Sección 001 de la Audiencia Provincial de PONTEVEDRA, los autos de juicio verbal 285/12, procedentes del Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Caldas, a los que ha correspondido el Rollo núm. 901/12, en los que aparece como parte apelante-demandado: D. Armando, representado por el Procurador D. ANTONIO DANIEL RIVAS GANDASEGUI, y asistido por el Letrado D. JAIME DE OCA CANCELA, y como parte apelado- demandante: ARZOBISPO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA, representado por el Procurador D. MARIA ISABEL CASTRO RIVAS, y asistido por el Letrado

D. INES OTERO RODRÍGUEZ, y siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER VALDÉS GARRIDO, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Caldas, con fecha 19 octubre 2012, se dictó sentencia cuyo fallo textualmente dice:

"Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Castro Rivas, en nombre y representación de el ARZOBISPADO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA contra D. Armando, debo declarar y declaro que el impago de la totalidad de las rentas estipuladas en el contrato de arrendamiento de fecha 29 de diciembre de 1999 entre el Arzobispado de Santiago de Compostela y D. Armando constituye incumplimiento de una obligación esencial por parte del arrendatario, que faculta al arrendador a instar la resolución del referido contrato y como consecuencia del anterior pronunciamiento debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento sobre la finca rústica denominada " DIRECCION000 ", sita en el lugar DIRECCION001, en la parroquia de DIRECCION002, en el municipio de Portas, provincia de Pontevedra, con referencia catastral NUM000, y en consecuencia se condena al arrendatario a desalojar dicho inmueble en el plazo legal correspondiente, con apercibimiento que en caso contrario será lanzado a su costa.

Debo desestimar y desestimo la acción de reclamación de rentas devengadas por prescripción de las rentas devengadas hasta el año 2007 y respecto a las posteriores por no constar efectuada la conversión de la renta estipulada y adeudada en las cantidades reclamadas.

Y en cuanto a las costas, cada parte abonará las causadas a su instancia y las comunes por mitad."

SEGUNDO

Notificada dicha resolución a las partes, por D. Armando, se interpuso recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, por lo que se elevaron las actuaciones a esta Sala para la resolución de este recurso.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia se han cumplido todas las prescripciones y términos legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el presente procedimiento de juicio verbal civil de desahucio de finca rústica arrendada, por falta de pago de la renta, y en el que también se vino a reclamar las rentas adeudadas al tiempo de la interposición de la demanda y las que se fuesen devengando hasta la entrega de la posesión efectiva de la finca a la parte actora-arrendadora, frente a la sentencia de instancia parcialmente estimatoria de la demanda, en el sentido de declarar resuelto el contrato de arrendamiento sobre la finca DIRECCION000 ", sita en el lugar DIRECCION001, parroquia de DIRECCION002, del término municipal de Portas y, en consecuencia, condenar al demandado-arrendatario a desalojar dicho inmueble bajo apercibimiento de lanzamiento, así como de desestimar la acción de reclamación de rentas por prescripción de las devengadas hasta el año 2007 y respecto a las posteriores por no constar efectuada la conversión de la renta estipulada y adeudada en las cantidades reclamadas, recurre en apelación el demandado-arrendatario en pretensión de que sea también...

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